Los
"bienes primarios"
En una sociedad bien ordenada todos los ciudadanos disponen
de las mismas libertades básicas y oportunidades equitativas. Los denominados
"bienes primarios" para Rawls son:
- Las libertades básicas: la libertad
de pensamiento, de conciencia, de asociación...Libertades consideradas claves
para el principio de justicia. Son las dotadas de lo que Rawls llama "campo central
de aplicación" lo que significa que tienen prioridad sobre las demás y que necesitan
de protección institucional para garantizar el pleno ejercicio de las facultades
morales de los ciudadanos.
- La libertad de movimientos y la libre
elección de la ocupación. Lo que sólo resulta posible en un marco de diversas
posibilidades. Estos dos primeros bienes son inmutables.
- Las satisfacciones
y prerrogativas de las funciones y las propuestas de responsabilidad permiten
desarrollar las diversas capacidades autónomas y sociales.
- La renta
y la riqueza, consideradas en el sentido más amplio como modelos generales.
- Las instituciones de base que permiten a los ciudadanos desarrollar y ejercer
sus facultades morales.
En estos tres últimos casos se dan grados de
desarrollo distinto de los bienes, cuyos límites, sin embargo, Rawls no precisa.