Matrícula de las titulaciones oficiales de màster universitario (curs 2024-2025)

Documentación que debe aportarse

Alumnado de nuevo acceso

  • En todos los casos, debes presentar el documento de identidad vigente en el momento de la matrícula:

     

        • En el caso de estudiantes con DNI o NIE español no han de presentar la documentación de identidad si, en el momento de la matrícula, autorizan a la UB a efectuar las comprobaciones necesarias a través de la consulta electrónica en la administración correspondiente.
        • En el caso de estudiantes extranjeros de fuera de la UE, el pasaporte o la TIE (tarjeta de identificación de extranjeros).
        • En el caso de estudiantes extranjeros de la UE, pueden presentar el pasaporte o el documento de identidad expedido en el país de origen o el NIE (número de identificación de extranjeros).

    En el caso de solicitar alguna exención, bonificación y/o gratuidad, hay que presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

     

    No es necesario aportar esta documentación si se autoriza a la UB a efectuar las comprobaciones necesarias mediante la consulta electrónica en la administración correspondiente.

 

Además, debes aportar la documentación académica correspondiente según la procedencia y la documentación adicional que corresponda, de acuerdo con lo siguiente:

En el caso de matricularte en el máster de Formación del Professorado de Secundaria Obligatoriay Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomeas, consulta en la web de la Facultad de Educación la documentació a presentar, ya que puede variar respecto a la que se indica en los siguientes apartados.
Estudiantes con un título oficial español de graduado, diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico, licenciado, ingeniero o arquitecto

En el caso de estudios universitarios de la UB o un centro adscrito de la UB, no es necesario aportar ninguna documentación.

En el caso de estudios en otras universidades españolas: título que le ha dado acceso, certificado sustitutorio correspondiente o resguardo de la solicitud del título. No es necesario aportar estos documentos si el título es posterior al año 1991 y si, en el momento de la matrícula, se autoriza la UB a efectuar las comprobaciones necesarias a través de la consulta electrónica a la administración correspondiente.

Acceso de alumnos que cursan un grado en la UB y les quedan créditos para finalizar el grado (TFG i, como máximo, hasta 9 créditos)

 

Expediente académico.

Resguardo de matrícula de los créditos pendientes .

  • Antes de la matrícula del Trabajo Final de Máster, debe presentarse el certificado substitutorio del título de grado.

 

Estudiantes con un título universitario extranjero homologado al correspondiente título oficial español de nivel de graduado, licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, arquitecto técnico o ingeniero técnico, o declarado equivalente a nivel universitario de grado

Credencial de la homologación o declaración de equivalencia a nivel universitario de grado, emitida por el Ministerio competente en la materia.

Estudiantes con un título extranjero NO homologado al correspondiente título oficial español, ni declarado equivalente a nivel universitario de grado, expedido por una institución extranjera de educación superior del espacio europeo de educación superior (EEES)

Título o certificado sustitutorio correspondiente.
Documento que acredite que el título faculta para el acceso a titulaciones de máster en el país expedidor (o evidencia alternativa).
En el caso de titulaciones universitarias de sistemas educativos extranjeros de fuera de la Unión Europea, justificante de abono de la tasa de estudio de equivalencia del título de estudios extranjeros para el acceso a una titulación oficial de máster universitario fijada en el Decreto de precios de la Generalitat de Cataluña para cada curso académic.

 

Los documentos expedidos en el extranjero que se aporten en los procedimientos de la UB han de ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, y estar debidamente legalizados y traducidos, en los casos que corresponda.

Estudiantes con un título universitario extranjero NO homologado al correspondiente título oficial español, ni declarado equivalente a nivel universitario de grado, expedido por una institución extranjera de educación superior ajena al espacio europeo de educación superior (EEES)

Título o certificado sustitutorio correspondiente.

Documento que acredite que el título faculta para el acceso a titulaciones oficiales de máster en el país expedidor.
Resolución de autorización de acceso a estudios de máster universitario del decanato o de la dirección del centro.

Justificante de abono de la tasa de estudios de equivalencia del título de estudios extranjeros para el acceso a una enseñanza oficial de máster universitari fijada en el Decreto de precios de la Generalitat de Cataluña para cada curso académico.

 

Los documentos expedidos en el extranjero que se aporten en los procedimientos de la UB han de ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, y estar debidamente legalizados y traducidos, en los casos que corresponda.

DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA ADICIONAL

Estudiantes que han iniciado un máster que habilita para el ejercicio de una profesión y que cambian de universidad: justificante de haber abonado los derechos de traslado del expediente emitido por el centro de procedencia.
Estudiantes que inician estudios de máster en la UB procedentes de otras universidades y que solicitan beca general: certificado académico personal de los estudios que le han dado acceso al máster. En el caso de estudios cursados ​​en el extranjero, también la traducción jurada del certificado académico personal y la declaración de equivalencia de nota media emitida por el Ministerio competente en la materia.

Estudiantes que solicitan alguna exención, bonificación y/o gratuidad: documentación acreditativa que determine la normativa.
Otros documentos académicos que afecten la matrícula

Es necesario presentar la documentación por el procedimiento y en el plazo que establezca el centro. La documentación presentada debe ser original o copia auténtica con código seguro de verificación (CSV) que permita contrastar la veracidad del documento en los archivos electrónicos del organismo emisor. En caso de matrícula en un centro adscrito de la UB, el centro puede pedir la documentación original y una fotocopia de esta documentación.

 

No presentar la documentación en el plazo comunicado por la secretaría puede comportar la anulación de oficio de la matrícula por parte de la UB sin derecho a ningún reintegro. En cualquier caso, la presentación de la documentación será condición imprescindible para formalizar una nueva matrícula, modificar la matrícula y/o solicitar cualquier servicio académico (expedición de certificados y títulos, traslado de expediente, etc.).

 

Formalización de la matrícula

 

 

Alumnado que continúa estudios

En el caso de solicitar alguna exención, bonificación y / o gratuidad, hay que presentar la documentación acreditativa que determine la normativa.

No es necesaria esta documentación si se autoriza a la UB a efectura las comprobaciones necesarias mediante la consulta a la administración correspondiente.

 

Formalización de la matrícula

Campus d'Excel·lència BKC HUBc