Eutanasia y su proceso de legalización.
En la legislación de los diferentes países, la eutanasia se presenta como una manifestación de la autonomía personal del individuo, autonomía de la que el derecho a poner fin a la propia existencia no es sino una expresión y su consecuencia.
La casi totalidad de los países tienen aún pendiente, en sus respectivas legislaciones, la necesidad de solucionar las cuestiones que con mayor o menor virulencia se plantean en el seno de sus sociedades en relación a los diferentes tipos de eutanasia, al homicidio consentido o al suicidio asistido. En casi todos ellos la población está mayoritariamente a favor de la legalización, el tanto por ciento varía según los países y en algunos de ellos también varía con la edad (disminuye en mayores de 50 años) y con la influencia social que tiene la Iglesia en cada país.
En los años sesenta, podría considerarse que existían dos grandes bloques de países en lo que respecta al tratamiento jurídico que de la eutanasia. El primer bloque estaba formado por los países con sistemas jurídicos de "common law", básicamente: Estados Unidos, Gran Bretaña, Canadá y Australia, y un segundo bloque constituido por el resto de los países europeos, Japón y Sudamérica.