3.5 Territorios públicos

 

Son abiertos a todo el mundo, todos los usuarios tienen el mismo derecho a ocuparlo excepto que no estén específicamente excluidos, bien por motivos de discriminación o conductas inaceptables (Gifford, 1987).

Ejemplos de este tipo son calles, playas, trenes, grandes almacenes, hoteles, etc. La ocupación es determinada en general por el "principio" de "es del que llegó primero" (Veitch y Arkkelin, 1995). El derecho de posesión de áreas en territorios públicos es extremadamente limitado y temporal. La expresión "quien fue a Sevilla perdió su silla" demuestra la necesaria presencia física para mantener la posesión de un territorio público. Al igual que en los secundarios, existen una serie de normas y reglas no explícitas para regular el uso de este tipo de territorios. Por ejemplo, una vez ocupado el asiento en un cine, los demás buscaran lugares alternativos.

Estos tres ejemplos que muestran las imagenes constituyen tres formas de ocupación del espacio público: un banco en el que se produce interacción social entre jóvenes, un pedestal de una escultura en el vestíbulo de la estación de Atocha y una ocupación de una via peatonal en plena Baja lisboeta. En los tres casos esta ocupación es totalmente esporádica y sujeta a unas normas sociales de regulación territorial muy débiles puesto que no hay una intención de ocupación y control permanente.

Esto es lo que caracteriza los territorios públicos.Sin embargo, a diferencia de los territorios secundarios, nótese que lo distintivo no es el tipo de espacio sino el tipo de ocupación que se pretende en él, es decir, el significado de la ocupación del territorio. 
 

 

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