Permanencia

INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE PERMANENCIA

El estudiante que no cumpla las  condiciones  de  permanencia  que  establecen los artículos 2 y 3 de la Normativa de Permanencia de la UB tendrá que abandonar la enseñanza en que estaba matriculado.


PROCEDIMIENTO EN LINEA PARA SOLICITAR CONTINUAR LOS ESTUDIOS CON INCIDENCIAS DE PERMANENCIA
 

1. SOLICITUD PARA CONTINUAR ESTUDIOS POR INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE PERMANENCIA

Presentación de solicitudes en línea:

Primer periodo - del 10 de junio al 25 de julio de 2024.

Segundo periodo - del 2 al 10 de septiembre de 2024.

Tercer periodo - del 13 de enero al 3 de febrero de 2025 (únicamente para el grado en Química para la matrícula semestral).

 

Para poder formalizar la matrícula hay que haber obtenido, previamente, la resolución favorable de la decana.

 

2. SOLICITUD DE READMISIÓN POR ABANDONO DE LA ENSEÑANZA (2 AÑOS CONSECUTIVOS SIN MATRÍCULA)

Presentación de solicitudes en línea:

Primer periodo - del 10 de junio al 25 de julio de 2024.

Segundo periodo - del 2 al 10 de septiembre de 2024.

Tercer periodo - del 13 de enero al 3 de febrero de 2025 (únicamente para el grado en Química para la matrícula semestral).

 

Para poder formalizar la matrícula hay que haber obtenido, previamente, la resolución favorable del decano.
 

3. SOLICITUD PARA MATRICULAR MÁS DE 60 CRÉDITOS HASTA UN MÁXIMO DE 78

Excepcionalmente, y cuando esté justificado, los jefes de estudios podrán autorizar una matrícula superior a 60 créditos hasta un máximo de 78 créditos por curso académico.

Trámite en línea:

 

Primer periodo - del 1 al 26 de julio de 2024.

Segundo periodo - del 2 al 10 de septiembre de 2024.

Tercer periodo - del 3 al 18 de febrero de 2025 (únicamente para el grado en Química para la matrícula semestral).


Para poder formalizar la matrícula de más de 60 créditos hay que haber obtenido, previamente, la autorización del jefe de estudios.

 

  • Condiciones de matrícula y de permanencia
     

Consulta el artículo 2 de Normativa de Permanencia de la UB.
 

  • Límite de permanencia
     

En los grados de 240 créditos, el estudiante que cursa la enseñanza a tiempo completo, dispone de un máximo de siete años de matrícula efectiva para superar los estudios.

En itinerarios de doble titulación con un número de créditos superior a 360, el estudiante a tiempo completo tiene un máximo de nuevo años de matrícula efectiva para superar el itinerario conjunto.

El estudiante a tiempo parcial dispondrá de tres años más de matrícula efectiva para finalizar los estudios respecto de los estipulados en los apartados anteriores.
 

  • Abandono de la titulación
     

Se considera que un estudiante ha abandonado un grado o un itinerario de doble titulación de grado cuando han transcurrido dos años académicos consecutivos sin que se  haya matriculado. Si ha abandonado la enseñanza o el itinerario de doble titulación habiendo superado algún crédito, puede solicitar la readmisión al decanato mediante la solicitud del punto 2.

 

  •  Cómputo de créditos


Los créditos reconocidos y los créditos transferidos no computarán como superados a efectos de permanencia, ni se tendrán en cuenta en cuanto al número de créditos de los que es necesario matricularse.

En los casos de matrícula semestral, el cómputo de créditos superados y de los créditos de los que es necesario matricularse se calculará anualmente.