Anulaciones de matrícula

Anulaciones de matrícula de máster

Los estudiantes pueden solicitar a la Universidad la anulación total de la matrícula en los casos siguientes:

a) Por enfermedad grave del estudiante acreditada mediante informe médico del Servicio Catalán de la Salud o del organismo equivalente de otras comunidades autónomas en que se concluya este impedimiento. En este caso, el estudiante tiene derecho a la devolución del importe de los créditos de los que se ha matriculado.

b) Por defunción del estudiante. Se devuelve el importe de las asignaturas anuladas al familiar directo o representante legal que lo solicite. Hay que aportar la declaración de herederos o testamento del estudiante y certificado de defunción.

c) Por interés personal del estudiante. En este caso el estudiante no tiene derecho a la devolución de los importes ingresados por ningún concepto.

Es necesario haber efectuado el pago del importe de la matrícula previamente a la resolución de la solicitud.

Anulaciones y Beca General

En el caso de que hayas formalizado la matrícula como becario de carácter general, es necesario que solicites la anulación de la beca y abones el importe de la matrícula antes de presentar la solicitud de anulación. Además, si la beca ha sido resuelta, has de devolver el importe de la ayuda en copte de beca que se te hayan transferido.

En el caso de que un alumno matriculado como becario de carácter general anule solo algunas asignaturas, si no acredita un motivo que comporte la devolución del importe de dichas asignaturas, tendrá que abonar el importe de las asignaturas anuladas.

Los plazos para solicitar anulación de matrícula son:
  • Matrícula del primer semestre y anual: hasta el 31 de octubre de 2024.
  • Matrícula del segundo semestre y asignaturas de segundo semestre matriculadas en julio o en septiembre: del 22 de febrero hasta el 7 de marzo de 2025.

 

SOLICITUD ANULACIÓN DE MATRÍCULA primer semestre y/o anual
SOLICITUD ANULACIÓN DE MATRÍCULA segundo semestre

 

Anulación extemporánea de matrícula para casos graves y excepcionales

En casos graves y excepcionales debidamente justificados, el vicerector de Política Académica y Calidad, a propuesta del decano de la Facultad y con informe previo de Gerencia, podrá acordar la anulación de la matrícula fuera de los plazos establecidos por la Universitat de Barcelona.

La devolución del importe de los créditos matriculados no comporta el importe correspondiente a la gestión de expediente académico, así como el precio del seguro escolar y, si cal, de los servicios específicos y de soporte al aprendizaje, y de los otros servicios universitarios contratados, que se tendrán que abonar.

Se ha de haber abonado, por regla general, el importe de la matrícula antes de solicitar la anulación fuera de los plazos establecidos por la UB. La anulación de la matrícula ha de garantizar el cumplimiento de lo que establece la normativa de permanencia que sea de aplicación.

 

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