Anulación de matrícula

ANULACIÓN TOTAL DE LA MATRÍCULA 2024-2025

►Petición en línea: clica aquí para hacer la solicitud de anulación de matrícula

Dentro de los plazos que se establecen en este apartado puedes solicitar la anulación total de la matrícula en los siguientes casos:

a) Por enfermedad grave del estudiante que le impida seguir con normalidad la actividad académica, debidamente acreditada mediante informe médico del Servei Català de Salut, o del organismo equivalente de otras comunidades autónomas, o según el colectivo (MUFACE), en que se concluya este impedimento. En este caso, el estudiante tiene derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados, esta devolución no incluye el importe correspondiente a la gestión del expediente académico, así como el precio del seguro escolar, si procede, el precio de los servicios específicos y de soporte al aprendizaje, y de los demás servicios universitarios contratados. En el caso de que se anule totalmente la matrícula de un estudiante de primer año por causa de enfermedad, se puede solicitar la reserva de plaza, si la resolución es positiva, y no es necesario volver a hacer la preinscripción.

b) Por defunción del estudiante. Se devuelve el importe de las asignaturas anuladas al familiar directo o representante legal que lo solicite. Es necesario aportar la declaración de herederos o testamento del estudiante y el certificado de defunción. Esta devolución no incluye el importe correspondiente a la gestión del expediente académico, así como el precio del seguro escolar, si procede, el precio de los servicios específicos y de soporte al aprendizaje, y de los demás servicios universitarios contratados,

c) Por matrícula del estudiante en otro centro de la UB o en otras universidades públicas del estado y las integradas en el sistema de preinscripción universitaria catalana, en caso de reasignación de plaza por preinscripción general universitaria. En este caso y, siempre que lo solicites antes del 29 de septiembre de 2024 tienes derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados que hayas abonado y de los servicios, en ningún caso se devolverá el importe correspondiente a la gestión del expediente. La devolución de este importe no es de aplicación si la reasignación de la plaza se ha producido por haber solicitado un cambio de preferencias o una nueva preinscripción en convocatorias posteriores.

d) Por interés personal del estudiante:

• Si te matriculas por primera vez en una enseñanza de grado, siempre que solicites la anulación de matrícula antes del 29 de septiembre de 2024 y que estés al corriente de pago de los recibos de matrícula vencidos, tienes derecho a la devolución del importe de los créditos matriculados y de los servicios, en ningún caso se devolverá el importe correspondiente a la gestión del expediente. Esta anulación no comporta la reserva de plaza.

• El resto de estudiantes podéis solicitar la anulación de matrícula sin derecho a devolución de los importes ingresados por ningún concepto. Estas solicitudes no se resuelven, por regla general, mientras no se haya efectuado, previamente, el pago del importe de la matrícula.

Anulaciones y Beca General

En caso que el estudiante haya formalizado la matrícula como becario de carácter general, es necesario que solicite la anulación de la beca y abone el importe de la matrícula antes de presentar la solicitud de anulación. Además, si la beca ha sido resuelta, el estudiante deber devolver el importe de las ayudas en concepto de beca que se le hayan transferido.

La anulación de matrícula la resolverá el decano o la decana del centro. Las matrículas totalmente anuladas no tienen ningún efecto económico posterior en el expediente del estudiante. Tendrán los efectos académicos posteriores que establezca la normativa de permanencia que sea de aplicación respecto al abandono de los estudios.

Siempre que no se hayan indicado otras fechas, los plazos para solicitar la anulación total de la matrícula serán, en todo caso, los siguientes:

• Matrícula de primer semestre y anual: hasta el 31 de octubre de 2024.

• Matrícula de segundo semestre y asignaturas de segundo semestre matriculadas en julio/septiembre: hasta el 7 de marzo de 2025.

Anulación de matricula extermporanea

ANULACIÓN DE MATRÍCULA POR CASOS GRAVES Y EXCEPCIONALES FUERA DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS POR LA UB.

En casos graves y excepcionales debidamente justificados, el vicerrectorado de Política Académica y de Calidad, a propuesta del decano o decana del centro y con el informe previo de la gerencia, puede acordar la anulación de la matrícula fuera de los plazos establecidos por la UB. La devolución del importe de los créditos matriculados no comporta el importe correspondiente a la gestión del expediente académico, así como el precio del seguro escolar y, si procede, de los servicios específicos y de soporte al aprendizaje, y de los demás servicios universitarios contratados, que se deberán abonar.

 

► Petición en línea: clica aquí para hacer la petición de anulación de matrícula.

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