Prácticas Extracurriculares del Máster en Lógica Pura y Aplicada (bienal)

Las prácticas extracurriculares son actividades académicas no incluidas en el plan de estudios de una enseñanza, cuyo objetivo es favorecer el desarrollo profesional y la inserción laboral de los estudiantes.

Estas actividades tienen carácter voluntario, no implican reconocimiento de créditos y no pueden ser reconocidas como práctica curricular.

De acuerdo con la normativa vigente, esta actividad debe consignarse en el Suplemento Europeo del Título (SET) si el estudiante hace un mínimo de 200 horas.

Se llevan a cabo durante el período de formación de los estudiantes y se formalizan mediante convenios de cooperación educativa. Tienen una duración máxima de 750 horas por curso académico y pueden ampliarse, excepcionalmente, hasta 900 horas. Se entiende por curso académico el período comprendido entre septiembre de un año y septiembre del año siguiente.

 

Importante: Debido a la nueva ley universitaria que entró en vigor en Enero de 2024, todos los alumnos que realicen prácticas externas serán dados de alta en la Seguridad Social. Para cualquier duda, enviad un correo electrónico a secretariafilosofia@ub.edu

Acuerdo sobre la cotización de las prácticas externas

 

Requisitos

  • Ser alumno de la enseñanza del máster en “Lógica Pura y Aplicada”, es decir, tener matrícula para el curso académico en el que se quieren realizar las prácticas.
  • No tener ninguna relación contractual con la empresa o institución donde se realicen las prácticas, salvo en casos debidamente justificados y autorizados. En caso de autorización ni el horario ni el lugar donde se realicen las prácticas pueden coincidir con los de su contrato laboral.
  • No haber pedido el título del Máster en Lógica Pura y Aplicada.

 

Inscripción

Si quieres inscribirte, debes contactar con el coordinador de prácticas, el dr. José María Sánchez de León (j.sanchezdeleon@ub.edu) por concertar una entrevista.

En caso de que desee realizar prácticas en alguna empresa/institución que no tenga firmado convenio de colaboración educativa con la Facultad, debe ponerse en contacto con la Secretaría de Estudiantes y Docencia, ya que existe la posibilidad de establecer un convenio de colaboración con esta empresa/institución, previa aceptación de la coordinación de prácticas.

El período de inscripción está abierto todo el curso.

 

Formalización de la relación entre la Facultad, la entidad colaboradora y el estudiante

La realización de prácticas en una entidad colaboradora exige la formalización de un convenio de cooperación educativa entre la Facultad y un proyecto formativo.

La Secretaría se pondrá en contacto con usted para que firme electrónicamente el proyecto formativo antes de iniciar el período de prácticas.

Vídeo cómo firmar documentos

 

Seguimiento y Evaluación

Las prácticas son objeto de seguimiento y evaluación por parte del tutor académico y del tutor de la entidad, pero sin reconocimiento de créditos. De acuerdo con la normativa vigente, esta actividad debe consignarse en el Suplemento Europeo del Título (SET) si el estudiante hace un mínimo de 200 horas. Esta actividad en ningún caso puede ser reconocida como práctica curricular.

 

Normativa UB

Reglamento de prácticas externas de los estudiantes de la Universidad de Barcelona