Prácticas extracurriculares

Las prácticas extracurriculares son actividades académicas no incluidas en el plan de estudios de la enseñanza, que tienen como objetivo favorecer el desarrollo profesional y la inserción laboral de los estudiantes.

Estas actividades tienen carácter voluntario, no implican el reconocimiento de créditos y no pueden ser reconocidos como práctica curricular.

De acuerdo con la normativa vigente, esta actividad se tiene que consignar en el Suplemento Europeo del Título (SET) si el estudiante hace un mínimo de 200 horas.

Se llevan a cabo durante el período de formación de los estudiantes y se formalizan mediante convenios de cooperación educativa. Tienen una durada máximo de 750 horas por curso académico y se pueden ampliar, excepcionalmente, hasta 900 horas.

Además de realizar las prácticas curriculares vinculadas a la asignatura de prácticas externas, el estudiante puede realizar prácticas extracurriculares. Es compatible realizar las prácticas curriculares y posteriormente las extracurriculares en la misma organización; y también lo es hacer las prácticas curriculares en una organización y las extracurriculares en otra.

 

Importante: Debido a la nueva ley universitaria que entró en vigor en Enero de 2024, todos los alumnos que realicen prácticas externas serán dados de alta en la Seguridad Social. Para cualquier duda, enviad un correo electrónico a secretariafilosofia@ub.edu

Acuerdo sobre la cotización de las prácticas externas

 

Requisitos

  • Ser alumno de la enseñanza del grado de Filosofía
  • Haber superado un mínimo de 120 créditos del Grado en el momento de realizar la preinscripción.
  • No tener ninguna relación contractual con la empresa o institución donde se hagan las prácticas, excepto en casos debidamente justificados y autorizados. En caso de autorización ni el horario ni el lugar donde se realicen las prácticas pueden coincidir con los de vuestro contrato laboral.
  • No haber pedido el título.

 

Inscripción

Si quieres inscribirte, tienes que contactar con el coordinador de prácticas, el Dr. José María Sánchez de León (j.sanchezdeleon@ub.edu) para concertar una entrevista.

En el caso de que queráis hacer prácticas en alguna empresa/institución que no tenga firmado el convenio de colaboración educativa con la Facultad, tenéis que poneros en contacto con la Secretaría de Estudiantes y Docencia, ya que existe la posibilidad de establecer un convenio de colaboración con esta empresa/institución, previa aceptación de la coordinación de prácticas.

El período de inscripción está abierto todo el curso.

 

Formalización de la relación entre la Facultad, la entidad colaboradora y el estudiante

La realización de prácticas en una entidad colaboradora exige la formalización de un convenio y de un proyecto formativo entre la Facultad y la entidad/institución.

La Secretaría se pondrá en contacto con vosotros para que firméis electrónicamente el proyecto formativo antes de iniciar el período de prácticas.

Vídeo como firmar documentos.

 

Seguimiento y evaluación

Las prácticas son objeto de seguimiento y evaluación por parte del tutor académico y del tutor de la entidad, pero sin reconocimiento de créditos. De acuerdo con la normativa vigente, esta actividad se debe consignar en el Suplemento Europeo del Título (SET) si el estudiante hace un mínimo de 200 horas. Esta actividad en ningún caso puede ser reconocida como práctica curricular.

 

Normativa UB

Reglamento de prácticas externas de los estudiantes de la Universidad de Barcelona