Órganos de gobierno

El Reglamento de Organización de Estudiantes de la Universitat de Barcelona reconoce que la participación de los estudiantes en los órganos de gobierno de la Universitat de Barcelona es imprescindible para la cooperación educativa y para el fortalecimiento de la sociedad democrática. Por este motivo, los alumnos deben asumir el papel que les corresponde como plenos miembros de la comunidad universitaria y deben ser reconocidos como compañeros competentes, activos y constructivos en el funcionamiento de la Universidad.

La normativa que rige la Facultad y sus órganos de gobierno se denomina Reglamento de la Facultad de Filosofía. En este documento se puede encontrar toda la información que regula su funcionamiento.

La Junta de Facultad es el órgano de gobierno colegiado de la Facultad, a través del cual se articula la representación y la participación de todos los colectivos.

La Junta de Facultad la constituyen los cincuenta integrantes de pleno derecho siguientes:

a. Veintiséis miembros del profesorado con vinculación permanente en la Universidad,

b. Siete de otro personal docente e investigador,

c. Doce estudiantes

d. Cinco miembros del personal de administración y servicios.

 

Los representantes de los estudiantes en la Junta de Facultad son escogidos mediante las elecciones convocadas por el decanato cada dos años, tal y como se establece en el Reglamento de elecciones a órganos colegiados y de referéndums de los estudiantes de la Universitat de Barcelona.

 

  • Consejo de Estudios:

Para cada enseñanza se debe constituir un consejo de estudios o comisión de coordinación con la composición que determinen sus reglamentos, de acuerdo con el Estatuto de la Universitat de Barcelona. Cada consejo de estudios o comisión elabora sus propias normas de funcionamiento que deben ser aprobadas por la Junta de Facultad. Tienen que formar parte de los consejos o comisiones una representación del profesorado, del alumnado y del personal de administración y servicios. Los representantes de los estudiantes al consejo de estudis son escogidos mediante las elecciones convocadas por el decanato cada dos años, tal y como se establece en el Reglamento de elecciones a órganos colegiados y de referéndums de los estudiantes de la Universitat de Barcelona.

 

  • Comisiones delegadas de la Junta:

Las comisiones delegadas son los órganos colectivos a través de los cuales la Junta de Facultad desarrolla sus funciones en la marcha ordinaria del centro. En este momento, la Facultad cuenta con nueve comisiones delegadas con la representación de los estudiantes que fija el Reglamento de la Facultad.

 

El alumnado de la UB también puede participar activamente en los diferentes órganos de gobierno de la Universidad, como por ejemplo:

  • Claustro Universitario: Es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria. La representación de estudiantes está distribuida proporcionalmente por facultades y escuelas universitarias hasta un total de noventa miembros, incluido el alumnado de doctorado.

 

  • Consejo del Alumnado: Es el máximo órgano de representación del alumnado de la Universitat de Barcelona. Es el encargado, en el ámbito universitario, de generar el debate y el seguimiento posterior de las políticas generales de la Universitat de Barcelona.

 

  • Consejo de Gobierno: Es el órgano colegiado de gobierno de la Universidad. Forman parte cinco estudiantes de grado y/o máster y un estudiante de doctorado, escogidos por el Consejo del Alumnado.

 

  • Comisión Académica: Comisión delegada del Consejo de Gobierno. Forman parte de esta comisión cinco estudiantes.

 

  • Consejo Social: Es el órgano de participación de la sociedad en la Universidad. Forman parte un estudiante escogido por el Consejo del Alumnado.

 

Si quieres más información sobre la participación en los órganos de gobierno como estudiante (normativas, reglamentos, ayudas y subvenciones) puedes consultar la web de Participación de los estudiantes de la UB.