Grado en Comunicación e Industrias Culturales
Trabajo final de grado
El alumno de grado debe cursar y superar, en los últimos años de sus estudios, el Trabajo Final de Grado (TFG), que tiene carácter obligatorio.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales fija la obligatoriedad y dice: «El trabajo de fin de Grado ... deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la Evaluación de competencias Asociadas al título».
El TFG conlleva la realización por parte del estudiante y de manera individual de un trabajo en el que se apliquen, se integren y se desarrollen las competencias (conocimientos, destrezas y actitudes) adquiridas durante la titulación.
Extraordinariamente, y cuando la dificultad, complejidad o la interdisciplinariedad del trabajo lo justifiquen, se puede hacer en grupo (máximo 3 estudiantes); en estos casos es necesario que el tutor elabore un breve informe justificativo del trabajo y que reciba la autorización del coordinador del TFG de la enseñanza.
El TFG se puede llevar a cabo de manera simultánea o bien consecutiva a la realización de prácticas externas curriculares (obligatorias u optativas). En este caso, el estudiante puede vincular ambas asignaturas.
Como norma general, el TFG debe ajustarse a alguno de los siguientes tipos:
- Estudio de profundización y/o síntesis a partir de la búsqueda de fuentes bibliográficas (estado de la cuestión, revisión, síntesis, desarrollo teórico y conceptual).
- Ensayo o trabajo donde se apliquen los conocimientos y destrezas adquiridos.
- Trabajo creativo de carácter profesional vinculado, preferentemente, a las prácticas externas curriculares.
Las actividades formativas del TFG corresponden fundamentalmente al trabajo autónomo del estudiante.
El TFG está regulado por la Normativa reguladora de los trabajos finales de grado de la Facultad de Filología y Comunicación de la Universidad de Barcelona, aprobada por la Comisión Académica de la Facultad el 3 de junio de 2024 y por la Comisión Académica del Consejo de Gobierno 26 de junio de 2024.
Según determina esta normativa, "el estudiante debe redactar el TFG cuando se encuentra en la fase final del plan de estudios. Lo podrá hacer en tener matriculados todos los créditos que le faltan para obtener el título".