Consejos de estudios
De acuerdo con el artículo 20 del Estatuto de la Universidad de Barcelona, para cada enseñanza o, en su caso, conjunto de enseñanzas se constituirá un consejo de estudios formado por:
- un profesor o una profesora, como mínimo, de cada departamento que tenga docencia en la enseñanza o conjunto de enseñanzas y, con voz y sin voto, un miembro del personal de administración y servicios vinculado a la gestión académica del enseñanza, y
- una representación del alumnado matriculado en cada enseñanza o conjunto de enseñanzas en número igual a la representación de los profesores y las profesoras miembros del consejo.
20.2 Cada consejo de estudios elige entre sus miembros, como jefe de estudios, un profesor o una profesora funcionarios o contratados permanentes. El jefe de estudios designa un secretario o una secretaria entre los miembros del consejo de estudios, designación que debe hacer pública el candidato a jefe de estudios antes del acto de elección.
En la Facultad de Farmacia y Ciencias de la Alimentación se han constituido los consejos de estudios de las enseñanzas de:
- Farmacia
- Ciencia y Tecnología de los Alimentos
- Nutrición Humana y Dietética
- Consejo de estudios de Farmacia (en catalán)
- Consejo de estudios de Ciencia y Tecnologia de los Alimentos (en catalán)
- Consejo de estudios de Nutrición Humana y Dietética (en catalán)