Comisión de Profesorado

Composición

a. Presidencia: decano o decana o persona en quien delegue.

b. Secretaría: una persona de administración designada por el equipo decanal, con voz y sin voto.

c. Los Directores de los Departamentos adscritos o profesorado en quien deleguen.

d. Dos profesores o profesoras miembros de la Junta, entre los que hay que garantizar la presencia de uno que no sea permanente.

e. Un profesor vinculado a la Facultad, representante de los departamentos no adscritos que imparten docencia en la Facultad, con voz y sin voto.

f. Un o una estudiante miembro de la Junta.

 

En el marco de la normativa vigente, esta comisión tiene las siguientes funciones:

a. Informar, estudiar y hacer propuestas sobre todas las cuestiones referentes a la determinación y la distribución de las plantillas y la selección y dedicación del profesorado que la Junta de Facultad le encomiende.

b. Informar sobre la elaboración de la relación de puestos de trabajo y los cambios de denominación, de amortización, de minoración y de redistribución de las plazas docentes.

c. Proponer los nombres del profesorado que debe formar parte de las comisiones que tienen por objeto resolver los concursos para la selección del profesorado contratado e investigador.

d. Velar por el correcto desarrollo de los concursos para la provisión de plazas del personal académico contratado.

e. Informar sobre las peticiones de cambio de situación administrativa del profesorado adscrito al centro.

f. Conocer y vehicular las incidencias del profesorado (permisos, bajas, sustituciones, etc.), e informar.

g. Velar por el correcto desarrollo del proceso de evaluación del profesorado.

h. Elaborar todos los informes relacionados con las atribuciones y las competencias de la Facultad sobre enseñanzas y actividades, y sobre evaluación y control del profesorado, que la Junta de Facultad le encomiende y de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de la Universidad de Barcelona .

i. Informar de las adscripciones temporales y de las comisiones de servicios.

j. Todas las demás que la Junta de Facultad o el Estatuto de la Universidad le atribuyan.