Solicitud título de grado
A partir de ahora los estudiantes que reúnan los requisitos para obtenerlo podrán realizar el trámite íntegramente sin tener que acudir la Secretaría del Centro.
Una vez hayáis comprobado que todas las asignaturas; obligatorias, optativas y de reconocimiento de créditos os constan como superadas (es decir, están en color verde en vuestro expediente) podéis proceder a la solicitud del título.
Para solicitarlo se tiene que autorizar la consulta telemática del DNI/NIE y el carné de familia numerosa, si se tercia.
El trámite se inicia accediendo en el Espacio Personal, siguiendo las instrucciones de alta de solicitud del título de grado y autorizando la consulta del DNI/NIE. De este modo no habrá que desplazarse para librar los documentos originales.
También se podrá realizar el trámite de expedición del título. Se podrá escoger el pago mediante recibo o con tarjeta de crédito. Derechos de expedición del título: 218,15 €
Una vez verificados los trámites por parte de la Secretaría, el alumno recibirá un correo electrónico con el aviso notificándole que dispone del documento del resguardo del título dentro de su Espacio Personal.
Este resguardo os servirá para demostrar que habéis superado la enseñanza y que vuestro título está en proceso de tramitación. En caso de que queráis colegiaros os pedirán una copia compulsada de este resguardo.
También se posible realizar el trámite a la Secretaría del Centro en el horario de atención al público.
Documentación que hay que aportar:
- Original y fotocopia del DNI vigente. No se puede tramitar con el carné caducado (no sirve el carné de conducir).
- Si disfrutáis de alguna exención/bonificación de matrícula lleváis el carné o el documento acreditativo.
- En el supuesto que tramitáis el título de otra persona, hay que presentar la autorización firmada de la persona interesada y una fotocopia de su DNI.
Derechos de expedición del título: 218,15 €. Se recomienda hacer este pago con tarjeta bancaria a la Secretaría, puesto que si lo hacéis en efectivo no se puede cobrar a Secretaría y, por lo tanto, tendríais que ir a una entidad bancaria a abonarlo. Si el Decreto de precios de la Generalitat de Cataluña modifica el importe de los derechos de expedición, se aplicará desde que entre en vigor.