Requisitos:
El acceso al Máster BCN_NY tiene los siguientes requisitos:
- Acreditar un título de licenciado o graduado, de cualquier ámbito o especialidad.
- Demostrar una alta competencia oral y escrita en castellano.
- Tener unos conocimientos medios de inglés, especialmente en comprensión lectora.
Consultas: master.periodismo@ub.edu
Calendario:
El proceso de acceso el curso 2024-25 del Máster está cerrado. El proceso de inscripción para el curso 2025-26 se abrirá en marzo de 2025.
Procedimiento:
Cuando se abra el proceso de acceso al curso, deberás seguir los siguientes pasos para realizar el proceso de inscripción:
PASO 1. Formulario
Rellenar el siguiente formulario de inscripción, en el que deberás adjuntar los siguientes documentos:
- Copia del documento nacional de identidad (DNI) o del pasaporte en vigor.
- Currículum.
- Ensayo personal de entre 30 y 50 líneas bajo el título “¿Por qué quiero ser periodista?” o “¿Por qué soy periodista?”.
- Título universitario de licenciatura o grado. Si todavía no ha sido expedido, se puede mandar un certificado que acredite la finalización de los estudios.
La organización del Máster revisará la documentación y, si todo está correcto, contactará con los estudiantes para continuar con el proceso de admisión. Todos y todas deben realizar la prueba de acceso al curso.
PASO 2. Prueba de acceso
La prueba de acceso al Máster tiene una duración máxima de entre dos horas y media. Se centra en las habilidades de redacción, análisis y conocimiento de la actualidad y se realiza on-line independientemente de la localización del alumno o alumna.
Una vez que se haya enviado toda la documentación del PASO 1, desde la organización del Máster se contactará con los estudiantes para concretar la fecha y hora en la que se realizará la prueba, así como los detalles y condiciones correspondientes.
La dirección se reserva el derecho de organizar una entrevista personal adicional en función del perfil del candidato o candidata o de los resultados de la prueba.
Los aspirantes recibirán por correo electrónico la notificación sobre su admisión en el Máster en un plazo máximo de 15 días después de entregar la prueba de acceso o, si se da el caso, de realizar la entrevista personal. Aquellos alumnos que superen este paso ya se considerarán formalmente admitidos en el Máster.
En el caso de los estudiantes internacionales, estos deberán acreditar su conocimiento de lengua castellana con la presentación del diploma de DELE (nivel B2 o nivel C1) o, en su ausencia, con una prueba que organiza la propia Universidad de Barcelona, cuyo precio es de 50 euros.
PASO 3. Abono de la preinscripción.
Los aspirantes que hayan superado la prueba deberán abonar el pago correspondiente a la reserva de plaza (250€). El Máster notificará el sistema de pago por correo electrónico a aquellos que hayan superado el examen de acceso. Este pago no es reembolsable. Solo habría una devolución en caso de anulación del curso.
Los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso estarán formalmente admitidos en el Máster, pero para completar la inscripción es imprescindible abonar la reserva de plaza, que va a cuenta del importe de la matrícula. Aquellos formularios rellenados sin formalizar el pago no serán tenidos en cuenta y, por tanto, no permitirán matricularse.
PASO 4. Matrícula.
Una vez se superen todos los pasos anteriores, empezará formalmente el proceso de matriculación, que los alumnos deberán completar. Aquellos que hayan superado la prueba de acceso y abonado los 250€ de reserva de plaza serán contactados para que completen este proceso, que consistirá en:
- Formalizar el pago de la matrícula
- Remitirnos la documentación definida en el siguiente apartado, según cual sea el caso.
El alumno no se considerará formalmente matriculado hasta que se haya completado este último paso.
-
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte vigente .
- Fotocopia compulsada del título universitario de diplomado, licenciado o de la certificación acreditativa de su expedición.
- Comprobante de pago de la matrícula.
-
- Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte vigente o bien el documento de identidad expedido por la autoridad competente de tu país.
- Fotocopia compulsada original (**) del título universitario o de la certificación acreditativa de su expedición y su traducción por un traductor jurado.
- Fotocopia compulsada original (**) del certificado de las materias cursadas para la obtención del título universitario y su traducción por un traductor jurado.
- Comprobante de pago de la matrícula.
- También se podrá solicitar cualquier otra documentación que se considere necesaria para analizar la equivalencia de la titulación universitaria presentada.
(**) La compulsa debe tener validez en territorio español.
El acceso a nuestros estudios de postgrado por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación en España del título extranjero ni su reconocimiento, a otros efectos que no sean los de realizar el curso o cursos matriculados.
Requisitos de los documentos presentados:
- Todos los documentos deben ser originales o bien una copia compulsada original.
- En el caso de no tratarse de las dos lenguas oficiales (catalán/español), deben ir acompañados de la correspondiente traducción jurada al español o al catalán, documentación que también deberá compulsar y/o legalizar. La traducción debe estar realizada por un traductor jurado debidamente autorizado e inscrito en España, por cualquier representación diplomática o consular del estado español al extranjero, o bien por la representación diplomática o consular en España de tu país.
-
- Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte vigente o bien el documento de identidad expedido por la autoridad competente de tu país.
- Fotocopia compulsada original (**) del título universitario o de la certificación acreditativa de su expedición. En caso de ser una universidad cuya lengua no es el castellano, se requiere su traducción por un traductor jurado y legalizada por vía diplomática o notarial.
- Fotocopia compulsada original (**) del certificado de las materias cursadas para la obtención del título universitario. En caso de ser una universidad cuya lengua no es el castellano, se requiere su traducción por un traductor jurado y legalizada por vía diplomática o notarial.
- Solicitud de autorización del rector [descargar].
- Comprobante de pago de la matrícula.
- También se podrá solicitar cualquier otra documentación que se considere necesaria para analizar la equivalencia de la titulación universitaria presentada.
(**) La compulsa debe tener validez en territorio español.
El acceso a nuestros estudios de postgrado por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación en España del título extranjero ni su reconocimiento, a otros efectos que no sean los de realizar el curso o cursos matriculados.
Requisitos de los documentos presentados:
- Debes presentarlos legalizados por la vía diplomática, notarial o, si procede, con la apostilla del Convenio de La Haya.
- Todos los documentos deben ser originales. Recomendamos que una vez realizado el proceso de legalización de los documentos originales, hagas copias compulsadas por notario español o por la representación diplomática española en tu país, y que sean estas copias compulsadas originales, las que nos remitas.
- En el caso de no tratarse de las dos lenguas oficiales (catalán/español), deben ir acompañados de la correspondiente traducción jurada al español o al catalán, documentación que también deberás compulsar y/o legalizar. La traducción debe estar realizada por un traductor jurado debidamente autorizado e inscrito en España, por cualquier representación diplomática o consular del estado español al extranjero, o bien por la representación diplomática o consular en España de tu país.
PROCESO DE LEGALIZACIÓN
http://www.educacionyfp.gob.es/va/mc/convalidacion-homologacion/cuestiones-generales/legalizacion.html
http://www.educacionyfp.gob.es/gl/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/99/998721/ficha/998721.html#dg2
http://www.ub.edu/acad/es/normativa/legalizaciones.htm
A) Proceso de legalización por la vía diplomática de una titulación extranjera
Proceso que permite certificar la validez de los estudios realizados fuera del territorio de la Unión Europea. Este proceso se rige por los convenios internacionales que se aplican entre el país que emite el título académico y el país donde se desea acreditar la titulación. Por este motivo, la tramitación dependerá del país de origen de la titulación académica:
Para los países firmantes del Convenio de La Haya el trámite consta de 2 pasos:
- Aportar los documentos originales a la autoridad competente del país de origen, probablemente el Ministerio de Educación, para el reconocimiento de las firmas de las autoridades académicas que expiden el documento.
- Aportar la documentación a las autoridades competentes en cuestiones de legalización (designadas en el Convenio) con el fin de plasmar la apostilla en los documentos. Información más detallada sobre el proceso de legalización por la vía diplomática:
http://www.educacion.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=23&area=titulos/legalizacion
Listado de países firmantes del Convenio de La Haya:
http://www.educacion.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=21&area=titulos/legalizacion
Para los países firmantes del Convenio Andrés Bello el trámite consta de 3 pasos:
- Aportar los documentos originales a la autoridad competente del país de origen (probablemente el Ministerio de Educación), para el reconocimiento de las firmas de las autoridades académicas que expiden el documento.
- Legalizar la documentación anterior por parte del Ministerio de Asuntos Extranjeros del país de origen.
- Legalizar la documentación del paso 2 por parte de la representación diplomática o consular española en el país de origen.Para los otros países el trámite consta de 3 o 4 pasos:
- Aportar los documentos originales a la autoridad competente del país de origen (probablemente el Ministerio de Educación), para el reconocimiento de las firmas de las autoridades académicas que expiden el documento.
- Legalizar la documentación anterior por parte del Ministerio de Asuntos Extranjeros del país de origen.
- Legalizar la documentación del paso 2 por parte de la representación diplomática o consular española en el país de origen.
- Tan solo en caso necesario, se exigirá la legalización de la documentación del paso 3 por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España (en Madrid).
B) Proceso de legalización por la vía notarial de una titulación extranjera
http://www.educacion.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=24&area=titulos/legalizacion
http://www.maec.es/ca/MenuPpal/Consulares/ServiciosConsulares/Espanolesenelextranjero/Notarialeslegalizaciones/Paginas/Notarialesylegalizaciones.aspx
Proceso que permite certificar la validez de los estudios realizados fuera del territorio español. La mayoría de documentación académica que se legaliza por esta vía son los títulos, certificados y diplomas correspondientes a estudios propios de las universidades o bien de centros y academias no oficiales. Este proceso de legalización por vía notarial se rige por los convenios internacionales que se aplican entre el país que emite el título académico y el país donde se desea acreditar la titulación. Por este motivo, la tramitación dependerá del país de origen de la titulación académica:
Para los países firmantes del Convenio de La Haya el trámite consta de 2 pasos:
- Aportar los documentos originales a la autoridad notarial competente que conozca o disponga del registro de las firmas del documento académico. En todos los casos habrá que dirigirse al centro donde se ha expedido la titulación que hay que legalizar, que remitirán al notario que las conoce.
- Aportar los documentos con la firma del notario anterior al decano del colegio notarial al cual pertenece para que proceda a apostillar la documentación con la postilla del Convenio de La Haya.
Para los otros países el trámite consta de 5 pasos:
- Aportar los documentos originales a la autoridad notarial competente que conozca o disponga del registro de las firmas del documento académico. En todos los casos habrá que dirigirse al centro donde se ha expedido la titulación que hay que legalizar, que remitirán al notario que las conoce.
- Aportar los documentos con la firma del notario anterior al decano del colegio notarial al cual pertenece para que proceda a su reconocimiento.
- Aportar la documentación resultante a la Sección de Legalización del Ministerio de Justicia español con el fin de legalizarla.
- Aportar la documentación del punto 3 a la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores con el fin de legalizarla.
- Reconocimiento de las firmas anteriores por parte de la representación diplomática o consular española al país donde se deba presentar el documento.
Información más detallada sobre el proceso de legalización por la vía notarial:
http://www.educacion.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=24&area=titulos/legalizacion
http://www.maec.es/ca/MenuPpal/Consulares/ServiciosConsulares/Espanolesenelextranjero/Notarialeslegalizaciones/Paginas/Notarialesylegalizaciones.aspx