Marion Iris Young


"Para la Teoría Crítica, la reflexión normativa surge a raíz de un contexto social particular, a cuyos conflictos políticos y sociales la filosofía persigue aportar análisis, clarificación y evaluación. Sin embargo, tal reflexión normativa en un contexto social localizado no es neutral por lo que respecta a esos conflictos, sino que busca las posibilidades de emancipación no realizadas latentes en las instituciones y dirigidas por movimientos sociales en dichos conflictos.

La sociedad capitalista del bienestar es el contexto social en el que tiene lugar buena parte de la teorización sobre la justicia. En este capítulo sostengo que el paradigma distributivo de la justicia corresponde a la formulación principal del debate público en dichas sociedades. Los procesos de pluralismo de los grupos de interés circunscriben el conflicto público básicamente a la distribución; quedan sin plantear, en cambio, cuestiones acerca de la organización de la producción, de las estructuras de toma de decisiones públicas y privadas, así como los significados sociales que confieren posición o refuerzan las carencias. Esta restricción del debate público ha llevado a muchos autores a afirmar que la sociedad capitalista del bienestar se encuentra despolitizada. Mediante su tendencia al bienestar fabrica ciudadanos como clientes-consumidores, desalentando su participación activa en la vida pública. Sostengo que el paradigma distributivo de la justicia funciona ideológicamente para reforzar semejante despolitización.

Sin embargo, la hegemonía de la definición capitalista del bienestar sobre el debate público no ha quedado sin respuesta. Desde la década de 1960, los movimientos sociales insurgentes cuestionan, en la mayoría de países capitalistas occidentales, las limitaciones a la distribución del debate público del estado del bienestar, y buscan politizar los procesos de propiedad y control, de toma de decisiones, de producción cultural, las relaciones personales cotidianas, y la administrada vida del trabajo y el servicio social. Aunque los procesos de la sociedad capitalista del bienestar logran a veces contener las reivindicaciones insurgentes de nuevos movimientos sociales dentro de los límites razonables del pluralismo de los grupos de interés, estos movimientos sobrepasan a menudo esos límites para crear visiones de públicos participativos y democratizados. Es en estos movimientos donde sitúo la base social de una concepción de la justicia que busca reducir y eliminar la dominación y la opresión. La democracia es tanto factor como condición de la justicia social."

  • Marion Iris Young: Justice and the politics of difference. Pricenton University Press, Pricenton 1990. P. 66, 67.