Charles Taylor
"Puede
irse viendo ya de qué manera la tradición hermenéutica que hemos visto
en la filosofía de Taylor está vinculada al reconocimiento de la sustantividad
de los valores que nuestro autor reclamaba contra las filosofías "inarticuladas"
de la modernidad. A la hora de analizar con mayor detenimiento la epistemología
ética de Taylor (y su crítica a las epistemologías empobrecidas de la modernidad,
por decirlo en sus términos), conviene que nos detengamos brevemente en dos ideas
que han ido apareciendo en su análisis: en su crítica de lo que denomina el atomismo
de la filosofía moral y de la política de la modernidad, y en su concepción de
un nuevo y problemático realismo ético.
Taylor analiza, bajo la rúbrica
del "atomismo", las teorías contractualistas que forman la espina dorsal del pensamiento
liberal moderno. El ataque fundamental de Taylor irá contra la noción de derechos
del individuo tal como aparecen en la teoría política moderna y querrá analizarlo,
en líneas que a veces recuerdan argumentos iusnaturalistas, como horizontes de
valor de las sociedades desarrolladas. La existencia de derechos no puede comprenderse
desde los mecanismos de adscripción reconstruidos por el contractualismo, argumenta
Taylor, porque a toda adscripción de derechos subyace el reconocimiento del valor
moral de aquel a quien tales derechos se atribuyen. Son, por lo tanto, las "propiedades
esenciales" de ese sujeto, sus "capacidades humanas", las que le definen como
sujeto de derechos, a la vez que definen qué derechos son esos. Tal reconocimiento
del sustrato moral de los derechos implica, pues, el reconocimiento ulterior de
que sólo el reconocimiento de determinadas ideas de bien puede explicar la formulación
de alguna idea de justicia, de que sólo la articulación valorativa -en último
término, en forma de evaluaciones fuertes- puede explicar la dimensión de lo justo.
¿A qué obedece, por el contrario, la propuesta moderna de entender la
prioridad de lo justo sobre lo bueno, tal como aparece en el contractualismo clásico
y en sus reformulaciones modernas? Taylor considera que sólo el espejismo de pensar
que los sujetos pueden escoger determinados bienes o normas al margen de horizontes
sustantivos de valor, en base a la fuerza de su racionalidad argumentadora en
marcos procedimentales, hace comprensible el atractivo de las teorías liberales.
Tales teorías, como criticara en su día Sandel autor comunitarista al que Taylor
hace más de una alusión apreciativa?, dan por sentada una noción de "yo desencarnado"
que le supone a los sujetos, sigue criticando Taylor, una capacidad de elección
ilimitada. Sólo la aceptación de la psicología moral del empirismo clásico, según
la cual "la plena capacidad de elección está dada y no se considera un potencial
a desarrollar ", puede fundamentar esa confianza. Siguiendo líneas de razonamiento
ya mencionadas, Taylor argumentará que la justificación de los derechos sólo puede
realizarse en base a valores y, consiguientemente, en base a determinados estándares
que fijan qué modo de vida puede considerarse bien pleno, bien frustrado. La consecuencia
de ello es que "no podemos, por lo tanto, pretender razonablemente que una forma
de vida truncada es moral para determinadas personas en base a defender que tienen
derecho a la misma". Notemos que el universalismo que se contiene en esta posición
de Taylor está en las antípodas del universalismo de la imparcialidad del pensamiento
moderno. Aquí nos encontramos con la capacidad de juzgar universalmente, en base
a determinados criterios fuertes de valor que se poseen, otros modos de vida.
La fuerza de la prueba, pues, radica en la fuerza misma de esos criterios, en
su capacidad para expresar valores no susceptibles de minusvaloración pues encierran
contenidos cuyo desconocimiento, olvido o destrucción iría contra nuestra misma
manera de ser. Pero la fuerza de esos criterios sólo puede ser justificada desde
dentro de un horizonte de valor dado y para los sujetos que comparten tal horizonte.
El problema, pues, es cómo pueden esos sujetos justificar la fuerza objetiva de
sus valores frente a aquellos que no los comparten."
- Charles
Taylor: La ética de la autenticidad. Paidós, Barcelona 1994. P.
23-25.