John Rawls


"Lo cual nos lleva de nuevo a esa concepción de la personalidad moral según la cual los miembros de la sociedad justa se ven a sí mismos como "razonables", es decir, capaces de desarrollar la potestad para la cooperación que supuestamente poseen. De este modo la concepción moral de la persona y el principio prioritario de las libertades básicas se complementan entre sí. Pues, aceptada la cooperación sobre la base de que es mejor la cooperación voluntaria que el cumplimiento involuntario o la resistencia y guerra civil, las libertades determinan los términos en los que se dará una cooperación equitativa. Por otro lado la cooperación social constituye la base de la cohesión social, una vez han sido rechazadas las doctrinas religiosas o filosóficas que podían propiciar la cohesión de las voluntades. Tales doctrinas pertenecen al ámbito de todos esos bienes subjetivos que no deben universalizarse bajo ningún concepto. Y si la unidad social, que es un bien necesario, no puede fundarse en preferencias ideológicas, sólo podrá fundarse en la idea de una justicia compartida.

En definitiva, pues, la concepción de la justicia por la que Rawls apuesta, con las libertades básicas como principio prioritario, se fundamenta y explica por una razón fundamental: que sólo desde esa concepción parece posible el desarrollo de la personalidad moral -racional y razonable: egoísta y cooperadora-, tal como Rawls quiere entenderla."

  • Rawls, John: Sobre las libertades. Paidós, Barcelona, 2000. P. 18.