John Rawls
"Más bien, la idea directriz es que los principios de la justicia para la estructura
básica de la sociedad, son el objeto del acuerdo original. Son los principios
que las personas libres y racionales interesadas en promover sus propios intereses
aceptarían en una posición inicial de igualdad como definitorios de los términos
fundamentales de su asociación. Estos principios han de regular todos los acuerdos
posteriores; especifican los tipos de cooperación social que se pueden llevar
a cabo y las formas de gobierno que pueden establecerse. Este modo de considerar
lo llamaré justicia como imparcialidad.
Así pues, hemos de imaginarnos
que aquellos que se entregan a la cooperación social eligen, en un acto conjunto,
los principios que han de asignar los derechos y deberes básicos y determinar
la división de los beneficios sociales. Los hombres habrán de decidir anticipadamente
cómo regularán las pretensiones de unos y otros, y cuáles serán los principios
fundamentales de su sociedad. Así como cada persona tiene que decidir mediante
la reflexión racional lo que constituye su bien, esto es, el sistema de fines
que para él es racional perseguir, del mismo modo, un grupo de personas tienen
que decidir de una vez y para siempre lo que para ellas significará justo o injusto,
La elección que los hombres racionales harían en esta situación hipotética de
igual libertad, suponiendo por ahora que este problema de elección tiene una solución,
determina los principios de la justicia.
En la justicia como imparcialidad,
la posición original de igualdad corresponde al estado de naturaleza en la teoría
tradicional del contrato social. Por supuesto que la posición original no está
pensada como un estado de cosas históricamente real, y Mucho menos como una situación
primitiva de la cultura. Se considera como una situación puramente hipotética
caracterizada de tal modo que conduce a una cierta concepción de la justicia.
Entre los rasgos esenciales de esta situación, está el de que nadie sabe cuál
es su lugar en la sociedad, su posición, clase o status social; nadie conoce tampoco
cuál es su suerte con respecto a la distribución de ventajas y capacidades naturales,
su inteligencia, su fortaleza, etc. Supondré, incluso, que los propios miembros
del grupo no conocen sus concepciones acerca del bien, ni sus tendencias psicológicas
especiales. Los principios de la justicia se escogen tras un velo de ignorancia.
Esto asegura que los resultados del azar natural o de las contingencias de las
circunstancias sociales no darán a nadie ventajas ni desventajas al escoger los
principios. Dado que todos están situados de manera semejante y que ninguno es
capaz de delinear principios que favorezcan su condición particular, los principios
de la justicia serán el resultado de un acuerdo o de un convenio justo, pues dadas
las circunstancias de la posición original y la simetría de las relaciones entre
las partes, la situación inicial es equitativa entre las personas en tanto que
seres morales, esto es, en tanto que seres racionales con sus propios fines, a
quienes supondré capaces de un sentido de la justicia."
- Rawls,
Jonh: Teoría de la justicia. FCE, México 1978. P. 28-29