John Rawls
"La concepción de la justicia que Rawls se propone explicar es la de "la justicia
como equidad", una noción pública de la justicia propia de una "sociedad bien
ordenada". Lo que significa encontrar unos principios defendibles por un conjunto
de seres racionales en una situación de igualdad inicial. Ya que sólo desde la
igualdad esos seres serán capaces de ponerse de acuerdo y decidir imparcial mente
Y es la imparcialidad, equidad o fairness, lo que define propiamente a la justicia.
A si, los individuos llamados a optar por una idea de justicia serán seres racionales,
por tina parte, y mutuamente desinteresados, por otra. Seres dispuestos a perseguir
unos fines poniendo los medios para alcanzarlos, y capaces de actuar sin buscar
únicamente la satisfacción de sus intereses particulares capaces, en definitiva,
de comprometerse y cooperar en la elaboración de un ideal de justicia.
La experiencia, desde luego, no propicia ni ofrece ejemplos de esa racionalidad
y desinterés que se precisan. Para conseguir, pues, las condiciones de igualdad
deseadas, será preciso hacer abstracción de las sociedades imperfectas y desordenadas
en que vivimos, e idear un "estado originario" en el que se cien los requisitos
para elegir desinteresadamente. Esa situación originaria ideal reproduce, en términos
contemporáneos, el llamado "estado de naturaleza" de las viejas teorías del contrato
social. No es, por supuesto, un estado histórico primitivo, ni siquiera un estado
posible, es una situación imaginaria de imparcialidad, la condición necesaria
y al parecer suficiente para llegar a un acuerdo legítimo sobre qué deba ser la
justicia. Pues, en efecto, se parte de la idea más o menos intuitiva de que los
principios de la justicia quedarán justificados por un acuerdo producido en una
situación originariamente definida, en la cual no existan diferencias fundamentales
cuyo peso sea un obstáculo para la limpia decisión de los seres que intervengan
en el acuerdo.
A esa situación la llama Rawls "posición original"
(original position), y está caracterizada porque los seres que concurren en ella
se encuentran cubiertos por un velo de ignorancia". No olvidemos que a la justicia
se la representa tradicionalmente con los ojos vendados, garantía de su imparcialidad.
De igual modo, ese velo de ignorancia significa que los individuos en cuestión
desconocen todos aquellos aspectos y contingencias de su existencia, aspectos
que, sin duda, los llevarían a actuar interesadamente. Ignoran cuál es
su estatus social, la fortuna o la inteligencia que poseen, incluso el sexo o
la generación a que pertenecen. No saben qué bienes les corresponden, ni siquiera
cuál es su concepción singular del bien. Conocen únicamente algo tan vago e impreciso
como "los hechos generales de la naturaleza humana", esto es, las bases elementales
de la organización social y de la psicología humana. En tal situación, los individuos
-que, no lo olvidemos son "racionales"- tomarán una decisión y llegarán a un acuerdo
sobre el tipo de sociedad en que quieren vivir. La teoría de la justicia aparece,
así, como una parte significativa de la teoría de la decisión racional."
- Rawls, Jonh: Sobre las libertades. Paidós, Barcelona
2000. P. 10-12.