Will Kymlicka


"Muchas democracias occidentales son multinacionales. Por ejemplo, en los Estados Unidos existen diversas minorías nacionales, entre las que se cuentan los indios americanos, los portorriqueños, los descendientes de mexicanos (chicanos) que vivían en el sudoeste cuando los Estados Unidos se anexionaron Texas, Nuevo México y California tras la guerra mexicana de 1846-1848, los nativos hawaianos, los chamorros de Guam y otros isleños del Pacífico. Todos estos grupos fueron involuntariamente incorporados a los Estados Unidos mediante la conquista o la colonización. De haber existido un equilibrio de poder distinto, estos grupos hubieran podido retener o establecer sus propios gobiernos soberanos. Ocasionalmente, en Puerto Rico o entre las principales tribus indias emerge la reivindicación de la independencia, aunque la preferencia histórica de estos grupos no ha sido dejar los Estados Unidos, sino alcanzar la autonomía dentro de ellos.

La mayoría de estos grupos fueron adquiriendo un estatus político especial a medida que iban siendo incorporados. A las tribus indias se las reconoció como «naciones internas dependientes», con sus propios gobiernos, tribunales y derechos establecidos mediante tratados; Puerto Rico es una commonwealth y Guam un «protectorado». Cada uno de estos pueblos está federado con la organización política estadounidense y goza de especiales competencias de autogobierno.

Asimismo, tales grupos disfrutan de derechos respecto de su lengua y el uso de su territorio. En Guam y Hawai, la lengua indígena (chamorro y hawaiano) tiene el mismo estatus que el inglés en las escuelas, los tribunales y todo lo que suponga trato con el gobierno, mientras que en Puerto Rico la única lengua oficial es el español. El Tratado de Guadalupe Hidalgo, firmado en 1848, garantizó los derechos lingüísticos a los chicanos del sudoeste, aunque éstos fueron abrogados tan pronto como los colonos anglófonos constituyeron la mayoría de la población. Los nativos hawaianos, los esquimales de Alaska y las tribus indias también tienen legalmente reconocidas sus exigencias territoriales, reservándoles determinadas zonas del territorio para su uso exclusivo y garantizándoles su representación en determinados organismos reguladores. En resumen, en los Estados Unidos las minorías nacionales poseen diversos derechos cuyo objetivo es reflejar y proteger su estatus como comunidades culturales distintas; además, dichas minorías han luchado para conservar y aumentar tales derechos."

  • Kymlicka, Will: Ciudadanía Multicultural. Una teoría liberal de los derechos de las minorías. Paidós, Barcelona 1996. P. 26-27.