Euforia esclavista e Instrucción de 1789.

Los términos de la cédula de 28 de febrero de 1788 de libertad de comercio esclavo eran los siguientes: el "libre comercio" se permitiría únicamente a Cuba, Santo Domingo, Puerto Rico y a la Provincia de Caracas (la libertad consistía en una apertura de nuevos puertos para efectuar el tráfico); su objeto primordial era el de promover las importaciones de esclavos a las colonias a precios bajos: se trataba de capacitar a Cuba y a las colonias Caribe para competir con las colonias azucareras como Haití, Jamaica y Guadalupe; a partir de esta liberación del comercio esclavo ningún peninsular ni vasallo tenía, legalmente, la facultad de dirigirse a mercados extranjeros para la adquisición de esclavos; la cédula proveía el nombramiento de un funcionario especial para la supervisión del tráfico negrero, el cual debía vigilar que los esclavos fueran saludables y que no más de 1 / 3 de ellos fueran mujeres; al mismo tiempo se estipulaba una rebaja en los derechos de importación y se daban estímulos a los particulares para que intervinieran en dicho tráfico.

Otro punto importante contenido en esta cédula era la aclaración que se hacía sobre el objeto principal de la liberación del comercio esclavo y el destino que debía dársele a la población importada, aclaración que se volvía a recalcar en la Real Cédula de 31 de mayo de 1789: "sobre el trato que deben dar los amos a sus esclavos, y de sus tareas" y que era la siguiente: "La primera y principal ocupación de los esclavos debe ser la agricultura y demás labores de campo, y no los oficios de la vida sedentaria" Claramente se quería desestimular la esclavitud doméstica. Por cada esclavo no dedicado a la agricultura o a actividades productivas se dispuso el cobro de un impuesto especial

Poco después de la promulgación de la cédula de 1789, se extendió la libertad de comercio negrero a otros puertos de las colonias españolas, en lo que realmente consistió la libertad permitida.

La intensificación del tráfico negrero a las colonias españolas hizo que una serie de "engorrosas" operaciones, practicadas anteriormente, desaparecieran como por ejemplo la del carimbo o la "marca" que garantizaba la legalidad de la compra; desaparecieron también el "palmeo", operación de medición y tanteo por la cual se establecían las distintas calidades de esclavos (El esclavo que estas operaciones de palmeo calificaban como de la mejor calidad era el llamado "Pieza de Indias".

Hubo además una licencia que se le concedió a las colonias por este tiempo, muy indicativa de los propósitos que con respecto a ellas guardaba la metrópoli. Fue la licencia de poder introducir, libre de impuestos, maquinaria agrícola desde las colonias extranjeras en caso de no poderse adquirir esclavos.

Como los conflictos europeos de ese momento entorpecían permanentemente el comercio colonial con importantes desventajas para España, que ni dominaba en los mares, ni tenía fuerza en materia comercial, ni aportaba tampoco maquinaria agrícola, la liberación general de comercio que operó la metrópoli a partir del último tercio del siglo XVIII vino a favorecer fundamentalmente a Inglaterra y en cierta medida también a los Estados Unidos. De esta situación se derivan las estrechas relaciones tenidas por las colonias españolas con las colonias extranjeras, relaciones que mostrarán toda su importancia al animar las guerras de Independencia. El contraste, pues, entre la política económica inglesa y la española de fines del siglo XVIII era marcado. Mientras Inglaterra iniciaba el abolicionismo, España buscaba la manera de fomentar las migraciones esclavas, a sus colonias como la base misma del desarrollo de éstas.

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