La moción de Guridi Alcocer.
El 2 de abril de 1811 hubo un debate en las Cortes sobre la esclavitud. Pocos días antes, el 26 de marzo de 1811, el diputado de Tlaxcala (Méjico) José Miguel Guridi Alcocer presentó una propuesta que incluía la abolición inmediata de la trata y un plan gradual de abolición de la esclavitud que preveía que los hijos de las esclavas fuesen libres y que suavizaba la condición del esclavo mediante el cobro de un salario con el que podían comprar su libertad. El proyecto fue enviado a la Comisión de la Constitución, sin ser tratado por el pleno.
En cambio si fueron admitidas a discusión las propuestas de abolición de la tortura y del tráfico de esclavos que presentó el 2 de abril el diputado Agustín Argüelles. A José Miguel Guridi Alcocer le debieron aclarar por qué no había sido tratada su proposición en el pleno, en palabras del diputado Sr. Mejía: "Las proposiciones del Sr. Alcocer han pasado a esta comisión, porque encierran un caso distinto, cual es el abolir la esclavitud, negocio que requiere mucha meditación, pulso y tino".
La propuesta de Argüelles en cambio tuvo una mejor acogida pues por un lado, en aquellos momentos el gran aliado de España, la Gran Bretaña, estaba proponiendo a todos los países que suscribiesen un acuerdo de prohibición de la trata y por otro lado esta prohibición, al no liberar a los actuales esclavos, no iba en contra del respeto a la propiedad privada. Esta matización volvió a quedar en evidencia durante el debate, cuando intervino el diputado García Herreros para pedir "que se declare que no sean esclavos los hijos de esclavos, porque de lo contrario se perpetúa la esclavitud aunque se prohíba este comercio". Enseguida le replicó el diputado Sr. Gallego diciendo "Esto trae otros inconvenientes, porque al cabo es una propiedad ajena, que está autorizada por las leyes".
Contra estas voces abolicionistas, el Ayuntamiento de la Habana hizo llegar el 10 de julio de 1811 un memorando en el que se oponía a la abolición diciendo que los esclavos estaban en Cuba "no por nuestra culpa, sino por la del padre Bartolomé de las Casas que dos siglos antes, para proteger a los indios, había propuesto importar esclavos negros". Ahora, según el escrito, debía de aceptarse que la economía de Cuba se basaba en el trabajo esclavo.
Las Cortes de Cádiz, las primeras cortes constituyentes españolas, decretaron la abolición del tráfico de esclavos, pero poco después suprimieron ese decreto. - En la Francia revolucionaria hubieron de transcurrir cinco años desde el inicio de la Revolución y sólo se abolió en la fase más radical de la Convención, cuando gobernaba Robespierre- El resultado final fue que la Constitución, aprobada el 19 de marzo de 1812, no liberaba a los esclavos, ni tan solo concedía la igualdad de derechos a los españoles libres de origen africano, al distinguir entre ser españoles (varones) y ser ciudadanos españoles con plenitud de derechos.
El debate sobre la esclavitud, diferenciado inmediatamente por razones económicas del de la trata, ocupó un primerísimo lugar en la problemática colonial española del siglo XIX.