Las minorías y el derecho a la diferencia.

Así pues, las sociedades modernas, en mayor o menor amplitud, son diversas culturalmente. Son sociedades individualistas y liberales en donde la autonomía de las personas en múltiples campos, se ve reconocida como un derecho vedado a la ingerencia de posibles mayorías o de la Administración, en consecuencia, coexisten en ellas múltiples formas de identidad individuales, y también de identidades colectivas o comunitarias, privadas o no de significación política. Es el caso de la religión, que en la medida en la que ha perdido su significación política, puede ser protegida dentro del ámbito de las libertades individuales.

Distinto es el caso en el que existen diversas identidades nacionales, dentro de un mismo espacio político. En esos caso, el tratamiento de esa diversidad transciende de manera casi inevitable el ámbito de los derechos individuales. En este caso, el derecho a la diversidad puede tener dos acepciones:

a) Reivindicación de la igualdad en cuanto equiparación, es decir derecho a ser tratado de forma igual a pesar de la diferencia.

b) Reivindicación de la igualdad en cuanto diferenciación, es decir, el derecho a ser tratado de forma diferente, que hace del derecho, derechos diferentes. En este último caso, conviene advertir, que la existencia de diferentes derechos en un mismo espacio político-jurídico, puede entrar en conflicto con los principios de igualdad de trato y de no discriminación, a los que paradójicamente se apela para defender esos derechos diferentes.

Una visión más realista del problema obligaría a considerar que una sociedad multicultural moderna, requiere, tal vez de forma inevitable, dos cosas:

a) Un avanzado proceso de individualización, de desarrollo de la autonomía individual, lo que lleva inevitablemente a un cierto debilitamiento de las lealtades comunitarias, valoradas como primordiales en la sociedades premodernas, de manera que la ciudadanía compartida por todos emerja como el espacio político más relevante. De lo contrario estaríamos ante un modelo en el que la lealtad comunitaria queda reducida al propio grupo.

b) Un permanente proceso de ajuste intercultural, mediante la neutralización de algunos de los aspectos más conflictivos de las diferentes identidades culturales, y la adopción, por parte de todos los grupos (mayoritarios y minoritarios), de algunas pautas y referencias comunes, que faciliten la convivencia política y hagan posible el debate intercultural.

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