Tras la crisis de 1929 el Vaticano confirmó la condena a la ocupación extradoméstica de la mujer casada. La encíclica Casti Connubii de 1930 se manifiesta en contra de toda emancipación, incluida la de tipo económico de la esposa y madre, pues ello produciría el trastorno de la familia y la "corrupción del carácter propio de la mujer".
En un texto de Pío XI de 1931, Quadresimo Anno, la Iglesia romana se postula favorable al establecimiento de un salario familiar mínimo y suficiente para el mantenimiento de toda la familia que recibirían los padres de familia para evitar que las mujeres se vieran obligadas a buscar fuera del hogar una cupación remunerada para completar el presupuesto doméstico. Según la concepción de la Iglesia, por tanto, el trabajo extradoméstico de la mujer respondía a una necesidad de supervivencia del núcleo familiar. El estableciemiento del salario familiar permitiría que la mujer se dedicara a las tareas domésticas y a la educación de los hijos pequeños.
En España, la jerarquía eclesiástica siguió los planteamientos de las doctrinas pontificias. Para estos, el trabajo de la obrera en la fábrica no representaba únicamente la degeneración moral de la mujer sino que también significaba la aparición de una serie de problemas sociales (abandono por las mujeres de sus deberes domésticos, pérdida de la vida hogareña, aumento de la mortalidad infantil, degeneración de la raza, etc.) que podían evitarse mediante la implantación de un salario suficiente cobrado por el padre de familia.
Los sindicatos próximos al catolicismo social recogen durante la república el discurso sobre la implantación del salario familiar y la prohibición del trabajo de la casada en aquellos sectores donde se vaya implantando. Así, el II Congreso de Sindicatos Obreros Profesionales celebrado en Bilbao y el Congreso de Sindicatos Profesionales de Castilla y León reunido en Salamanca, solicitan la implantación del salario familiar. En este último se demanda también la reducción de la jornada de trabajo para mujeres y niños como remedio del paro y la crisis económica.
Otra de las soluciones propuestas desde el catolicismo social para fomentar el regreso o la no salida de la mujer casada del hogar era el estableciemieto de los subsidios familiares gestionados mediante las cajas de compensación, instituciones que ya existían en países como Francia, Bélgica, Alemania, Inglaterra o Italia. Las cajas formaban un fondo con la contribución de los patronos, de donde cobrarían los trabajadores según el número de hijos. Según los ideólogos de esta propuesta, el salario femenino dejaría de ser rentable a partir del tercer o cuarto hijo.
Las asociaciones femeninas de Acción Católica también defendieron la exclusión de la mujer del trabajo extradoméstico. Sus propuestas para conseguirlo eran el salario o subsidio familiar, los seguros sociales, el trabajo a media jornada o el trabajo a domicilio. No obstante, sus dirigentes diferenciaban entre trabajo de mujer casada y soltera, aceptando el primero solo en caso de imperiosa necesidad económica. Así, Juana Sales de Jiménez, presidenta de la Confederación de Mujeres Católicas de España, argumentaba en general contra el trabajo de la esposa porque, según ella, no compensaba los gastos ocasionados por el arreglo de la casa y el cuidado de los hijos.
En la IV Asamblea Nacional de la Confederación de Obreras Católicas, María Echarri, defensora de las trabajadoras a principios de siglo, se muestra también partidaria del regreso de esta al hogar. La coyuntura de crisis económica, el paro, el avance del laicismo y la igualdad legislativa entre los sexos hizo temer a muchos católicos la posible desaparición de la familia tradicional.
De entre los diversos sectores católicos, tan solo la Institución Teresiana consideró incuestionable el derecho de la mujer al trabajo remunerado. Las teresianas consideraban que la única garantía para la mejora de las condiciones individuales y sociales de la mujer estaba en la independencia económica y en un mayor nivel intelectual y preparación profesional. Por tanto, defendieron el derecho de la mujer soltera a mantenerse por sí misma y la prerrogativa de la casada a ayudar a su marido en la manutención del grupo familiar.