Tras la I Guerra Mundial y durante los años 20, en España se asiste a una incorporación progresiva de la mujer en actividades laborales al margen de su tradicional presencia en el mundo fabril y agrícola. Aunque entre amplios sectores todavía existen grandes reticencias a admitir el trabajo extradoméstico de las mujeres, a medida que la realidad social y económica se impone se comienza a reconocer que la presencia de las mujeres en fábricas, comercios o talleres es una realidad ineludible. En todo caso se seguirá considerando el trabajo asalariado femenino como una actividad secundaria y complementaria de la actividad masculina, justificable solo en caso de viudedad o soltería.
Durante la II República, los discursos de los diversos sectores de opinión y entre las diferentes fuerzas políticas sobre el trabajo extradoméstico de la mujer tenderán en líneas generales a reproducir las propuestas de las décadas anteriores (medidas intervencionistas para limitar/proteger el trabajo femenino, el salario familiar, etc.), aunque empiezan a apuntarse medidas de tipo asistencial que permitan a la mujer trabajadora desvincularse de algunas ocupaciones materno-domésticas (guarderías, etc.).
Pese al reconocimiento constitucional del derecho al trabajo, ante la crisis económica y el incremento del paro a principios de los años 30, las posturas que reclaman una limitación al trabajo femenino ganarán peso, sobretodo entre los sectores económicos donde la competencia con el masculino es más intensa.