Espíritu
empesarial.
En
la Resolución sobre el crecimiento y el empleo en Ámsterdam en 1997 el Consejo
Europeo llamó la atención sobre el potencial de creación de empleo de las pequeñas
y medianas empresas. Las mujeres tienen mayores dificultades para crear empresas
y cuando lo hacen son por lo general pequeñas empresas. Desde 1997 la Comisión
desarrolla políticas específicas para apoyar la creación de empresas por parte
de las mujeres. En el Informe
anual de 1998 sobre la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la
Unión Europea la comisión se proponía:
"Facilitar
la creación y gestión de empresas. Para ello reclamaba de los
Estados miembros: - Velar
de manera especial por reducir sustancialmente los gastos generales y las cargas
administrativas de las empresas y, fundamentalmente, de las PYME, en particular
las relativas a la contratación de más trabajadores.
- Fomentar
el trabajo por cuenta propia, para lo cual deberían estudiarse los obstáculos
existentes con miras a reducirlos, en particular en lo que respecta a los regímenes
fiscales y de seguridad social, al paso al empleo por cuenta propia y a la creación
de pequeñas empresas, sobre todo para los empleados por cuenta ajena.
Aprovechar
las oportunidades de creación de puestos de trabajo. Para ello los Estados miembros
deberían: -
examinar los medios para aprovechar plenamente las posibilidades que ofrece la
creación de puestos de trabajo a nivel local, en la economía social y en las nuevas
actividades ligadas a las necesidades aún no satisfechas por el mercado, estudiando,
con objeto de reducirlos, los obstáculos que los frenen.
Adaptar el régimen fiscal
para hacerlo más favorable al empleo. Cada
Estado miembro:
- Se fijará el objetivo,
en la medida necesaria y en función de su nivel actual, de reducir progresivamente
la carga fiscal total y, cuando proceda, el objetivo de reducir progresivamente
la presión fiscal sobre el trabajo y los costes no salariales del trabajo (en
particular el trabajo poco cualificado y poco retribuido);
- Estudiará,
sin obligación alguna, la conveniencia de reducir los tipos del IVA sobre los
servicios que utilizan mucha mano de obra no expuestos a competencia transfronteriza."