El modelo
sueco.
El modelo sueco se
ha asentado sobre una concepción de la responsabilidad del Estado en la provisión
del bienestar, en una doble dimensión, las políticas de desarrollo del pleno empleo
y la provisión de una red de servicios públicos universales. La visión comunitaria
del Estado de acuerdo a las tradiciones políticas, y el concepto de solidaridad
emergente de los principios socialdemócratas, han conformado esta concepción.
El modelo socialdemócrata sueco, respondiendo a la tipología de Sping Andersen
ha tratado de disminuir el impacto del funcionamiento del mercado de trabajo sobre
el bienestar de los individuos, configurando un nivel de bienestar independientemente
de la posición de los individuos. Estas características son visibles ya en las
políticas sociales desarrolladas a principios de siglo; es el caso, por ejemplo,
de los primeros seguros de vejez e incapacidad establecidos en 1913 que cubrían
no sólo a los asalariados o a aquellos con pensiones bajas sino a todos
los grupos ocupacionales independientemente de sus ingresos. La educación, asistencia
médica, servicios a las familias, trabajos de cuidados, etc. son considerados
bienes públicos y servicios provistos por el estado hasta tal punto que se habla
del Estado sueco como un estado de servicios sociales. Esta prestación de servicios
universales para los ciudadanos y residentes se ha completado, no obstante, de
forma progresiva con otros servicios cuyo acceso depende del mercado de trabajo.
La influencia del modelo del hombre como responsable del mantenimiento
de la familia ha sido menor en el caso sueco. Las mujeres han recibido menores
pensiones en su calidad de madres y esposas y éstas han ido disminuyendo progresivamente
para ser sustituidas por prestaciones a título individual como ciudadana. No obstante,
el declive de natalidad apuntado a principios de siglo puso en marcha un sistema
de prestaciones de maternidad e hijos a lo largo de los años treinta tanto para
casadas como para madres solas. Estas prestaciones contribuyeron a poner en crisis
la idea de la necesidad de un salario familiar. La universalidad en el desarrollo
de las políticas sociales se apunta inmediatamente después de la guerra: institucionalización
de las pensiones de ciudadanía para la vejez (1946), las prestaciones por hijos
independientemente de los recursos (1948) y la reforma de los seguros por enfermedad(1955)
y de pensiones (1960). Antes de 1960 se daba un sistema de seguros mínimos complementados
con seguros según el nivel de ingresos y se daba mayor nivel de prestaciones a
los hombres que a las mujeres. La progresiva universalidad de las prestaciones
sociales ha dejado también sin efecto el impacto del menor salario de las mujeres
en el acceso a dichos beneficios sociales, lo que ha constituido una clave importante
de discriminación de las mujeres en otros países; finalmente, el reconocimiento
de los trabajos de cuidados ha hecho que las mujeres pudieran reclamar el acceso
a los beneficios sociales como mujeres y como madres mas que como esposas.
Las políticas llamadas de conciliación del trabajo y la familia consideradas
características del modelo socialdemócrata de Estado del Bienestar tienen en el
Estado sueco un desarrollo también precoz y avanzado. A partir de la década de
los setenta se produce una fuerte inversión pública en la creación de servicios
preescolares y una extensión de los permisos por maternidad a los padres. En este
sentido, Suecia es el país que ha apostado más fuertemente por esta política:
desde 1989 los padres tienen derecho por el nacimiento de un hijo a 450 días
laborables y pagados. Sesenta de ellos han de ser para la madre. Este tiempo puede
ser utilizado de manera flexible, como forma, por ejemplo de reducir la jornada
de trabajo, siempre que sea antes de que el hijo cumpla los ocho años. La remuneración
llega al 90% del sueldo durante los primeros 360 días de permiso.
Hasta
1960, las tasas de actividad femenina en Suecia no eran mayores que en Estados
Unidos o Inglaterra, el mercado de trabajo estaba fuertemente segregado y las
políticas laborales daban prioridad al empleo y al salario masculino. A partir
de 1960, esta estructura va disolviéndose progresivamente a través de políticas
activas de promoción del empleo femenino y de políticas de paridad salarial. No
obstante, el amplio desarrollo del Estado del bienestar ha configurado un mercado
de trabajo fuertemente segregado en el que las mujeres siguen desarrollando prioritariamente
los trabajos de cuidados, que pesar de las políticas estatales, siguen teniendo
un status y un salario inferior al de los trabajos masculinos del sector público
y privado. De ahí el debate sobre las repercusiones del desarrollo del Estado
del bienestar para las mujeres.