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Estudiantes o Investigadores
CIUDADANOS EXTRACOMUNITARIOS
El trámite se puede hacer antes de la llegada a Barcelona o bien, como fecha límite, en el periodo de un mes desde la llegada al país. Los estudiantes de Máster tienen que contactar con la Secretaría del Curso y los estudiantes ERASMUS+ con las Oficinas de Relaciones Internacionales de vuestra Facultad.
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Con este tipo de visado no da derecho a tramitar la tarjeta de estudiante.
La prórroga la tienes que presentar en la Oficina d'Extranjería (carrer Bergara, 12, 08003 Barcelona) si estudias en Barcelona, con cita previa.
2. Si ya has llegado a España:
Si estás en situación regular en España (como turista, por ejemplo), puedes solicitar la Autorización de estancia por estudios sin necesidad de tramitar un visado previo.
Una vez conseguida la Resolución favorable, deberás tramitar la Tarjeta d'Identificación como Estudiante (TIE) en la Comisaría de Policía.
NOTA: Nuestra Oficina (OMPI) informará, asesorará y ayudará en la preparación de los expedientes pero no podrá tramitarlos.
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Autorización para Estancias de Estudios |
Modelo de solicitud |
Mapa de la comisaría |
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Los estudiantes extracomunitarios, con autoritzación de estudios, de un país miembro de la UEde Grado o Master que hagan una estancia en la UB, dentro de un Programa multilateral o un programa Erasmus, de movilidad intraeuropea, entre diferentes universidades, las oficinas de Relaciones Internacionales, de las facultades(ORIs)o las secretarias de Master han de recoger la documentación y la Oficina de Mobilitat i Programes Internacionals (OMPI) se encargará de tramitar la comunicación de la Movilidad a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona.
Nota importante: La recomendación, pero, és que el estudiante, ha de dirigirse al Consulado español, del país de procedencia y solicitar un visado de estudios para el período de su estancia, en la Universitat de Barcelona.
Nota importante: todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado y, en caso necesario, deberá estar traducido al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Para obtener más información, consultar aquí.
Documentación a aportar por los estudiantes |
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Brexit
Des del 6 de julio al 31 de diciembre de 2020, los ciudadanos del Reino Unido residentes en España, han de tramitar el cambio de documento que regulariza su estancia legal en España. A partir del 1 de enero de 2021, los ciudadanos del Reino Unido que quieran venir a España, necesitar tramitar el correspondiente visado.
Instrucciones y documentación
Ciutadanos andorranos
Según el Convenio entre España, Francia y Andorra relativo a la entrada, la circulación, la residencia y el establecimiento de sus respectivos nacionales, hecho ad referendum a Bruselas el 4 de diciembre de 2002. (BOE núm. 153, de 27 de juny de 2003):
Los ciudadanos andorranos que vengan a estudiar a España han de tramitar el permiso de estancia por estudios i se les aplicaran las normas establecidas en el régimen general de extranjería. El permiso tendrá validez durante un año y será renovable (por un año más) siempre que los estudios continuen.
Procedimiento y documentación
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Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la L.O. 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la L.O. 2/2009:
- Título III: La Estancia en España
- Capítulo II: Autorización de estancia por Estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
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