Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha (29 de febrero de 2000) |2000
La profesión docente es compleja, difícilmente delimitable y plantea tantos interrogantes que sería imposible su regulación por meros principios jurídicos, dado que lo ético y lo jurídico, no son plenamente coincidentes. Por otra parte, los principios éticos necesariamente presentes en el ejercicio profesional tienen una indudable orientación teleológica, conformando actitudes y valores, e incidiendo en la necesidad de una autorregulación ética por medio de un Código Deontológico Docente libremente aceptado.
Los Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha recogen en este código los deberes del docente hacia los alumnos, hacia los padres y tutores, con respecto a la profesión, hacia los compañeros, hacia el centro educativo y hacia la sociedad. Para ello, se tiene en cuenta que estos profesionales son ciudadanos en plenitud de sus derechos y que las funciones que se les confían son de extraordinario valor para la colectividad y, como consecuencia, su tratamiento social y económico debe ser coherente con lo que se les exige.
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