La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios teniendo en cuenta lo tratado en la Comisión de Relaciones con el Sector de Producción y Distribución de Productos Farmacéuticos y con objeto de diferenciar las especialidades farmacéuticas calificadas de Diagnóstico Hospitalario del resto de las especialidades incluidas en la Oferta del Sistema Nacional de Salud, establece las características del cupón precinto de ASSS de acuerdo a lo que se indica en el Anexo.