J. VILELLA, «Priscilianismo galaico y política antipriscilianista durante el siglo V», Antiquité Tardive 5 (1997), pp. 177-185.

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PRISCILIANISMO GALAICO Y POLÍTICA ANTIPRISCILIANISTA DURANTE EL SIGLO V*

JOSEP VILELLA MASANA

Galician Priscillianism and anti Priscillianist policy in the fifth Century



The ecclesiastical positionings and proceedings before the Galician Priscillianism during the
fifth century in the light of the extant documentation have been analyzed. According to this
documentation, the composing policy of Ambrose and Siricius materializes in the first council of
Toledo (AD 400). Nevertheless, the conciliar resolutions will not succeed in the unity of the
Hispanic episcopacy but the opposite. Under the Suevic occupation, it is shown the survival and
vitalism of the Priscillianism which is not a cause of serious conflicts with the Catholic party.
However, we state Catholic activity trying to eradicate the Galician heresy; this is the case of
Turibius who does his best to disarticulate Priscillianism through the celebration of a new council
obtaining, once more, the support of Rome
[Author].
1

  El rechazo de muchos obispos occidentales -entre los
cuales se hallan Martín de Tours
2, Ambrosio3 y Siricio4- al


  * El presente texto corresponde a nuestra aportación al III
Congreso Peninsular de Historia Antigua, celebrado en Vitoria-
Gasteiz durante el mes de julio de 1994. Este estudio se ha
realizado gracias a la concesión del proyecto de investigación
PS94-0242 subvencionado por la Dirección General de
Investigación Científica y Técnica.
  1. Abreviaturas utilizadas en las ediciones de las fuentes: Barlow:
C. W. Barlow, Martini episcopi Bracarensis opera omnia, New
Haven, 1950.-
Bastiaensen: A. A. R. Bastiaensen, Vita di
Cipriano, Vita di Ambrogio, Vita di Agostino
, Milano, 1975.-
Burgess: R. W. Burgess, The Chronicle of Hydatius and the
Consularia Constantinopolitana.
Oxford, 1993.- Chadwick:
H. Chadwick, Priscillian of Avila. Oxford, 1976.- Codoñer
1964: C. Codoñer, El "De uiris illustribus" de Isidoro de
Sevilla
, Salamanca.- Codoñer 1972: C. Codoñer, El "De uiris
illustribus" de Ildefonso de Toledo
, Salamanca.-
De Gaiffier:
B. de Gaiffier, Vie et miracles de S. Turibius, en AB, 59, 1941,
p. 36-64.-
Galletier: E. Galletier, Panégyriques latins, III,
Paris, 1955.- Madoz: J. Madoz, Una nueva redacción del
Libellus de fide de Baquiario, en RET, 1, 1940/41, p. 457-488.
- Meyer-Mommsen: M. Meyer y Th.
Mommsen, Leges
Nouellae ad Theodosianum pertinentes
, Berlin, 1905.-
Mommsen-Krüger: Th.
Mommsen y P. Krueger, Theodosiani
libri XVI cum constitutionibus Sirmondinis
, Berlin, 1905.-
Riesco: L. Riesco, Epistolario de San Braulio, Sevilla, 1975.-
Rodríguez: G. Martínez y F. Rodríguez, La Colección
Canónica Hispana
, IV, Madrid, 1984 [el vol. IV es obra de
Rodríguez].- Rodríguez Alonso: C. Rodríguez Alonso, Las
Historias de los Godos, Vándalos y Suevos de Isidoro de
Sevilla
, León, 1975.- TU: Texte und Untersuchungen zur
Geschichte der altchristlichen Literatur
.
Leipzig 1882 y s.-
Vollmann: B. Vollmann, Studien zum Priszillianismus, St.

proceso de Tréveris había provocado grandes disensiones
en el episcopado
5. No sorprende que, cuando tiene lugar el


Ottilien, 1965.- Weber: R. Weber, Biblia Sacra iuxta
Vulgatam uersionem
, I, Stuttgart, 1969.
  
2. Sulpicius Seuerus, Chron., 2, 50, 4-6, CSEL 1, p. 103; Id.,
Dial., 3, 11-12, ibid., p. 208-210. Para la relación existente
entre Martín de Tours y Máximo, cf. también: Sulpicius
Seuerus, Vit. s. Mart., 20, 1-7, SC 133, p. 294-298; Id.,
Dial., 2, 6-7, CSEL 1, p. 187-189; 3, 11-13, p. 208-211.
  3. La oposición de Ambrosio se documenta en su informe a
Valentiniano II, escrito al fracasar su segunda embajada a
Tréveris, coetánea del proceso contra los priscilianistas:
Ambrosius, Ep., 30, 12, CSEL 82, 1, p. 214-215. En este
informe, donde se sigue considerando a los priscilianistas como
un grupo desviado de la ortodoxia (deuios licet a fide),
Ambrosio dice que rehuye la comunión con los obispos que
comulgaban con Máximo, particularmente con los que pedían
la pena de muerte para los priscilianistas y, a causa de esto, es
conminado a abandonar Tréveris por Máximo, a instigación de
dichos obispos. En otra carta, escrita poco después de la muerte
de Prisciliano, Ambrosio compara la actitud de los obispos
acusadores con la de los judíos del Sanedrín en el juicio de
Cristo ante Pilatos: Ambrosius, Ep., 68, 3, CSEL 82, 2, p. 169-
170. En relación a la ruptura de Ambrosio y Máximo, cf.
también Paulinus Mediol., Vita s. Ambrosii, 19, Bastiaensen,
p. 76 y 78. Para la actitud de Ambrosio respecto a la clemencia
imperial, cf. además: Ambrosius, Explan. super psal. XII, 61,
20, CSEL 64, p. 390-391; Id., Expos. de psal. CXVIII, 8, 41,
CSEL 62, p. 176.
  4. De la respuesta de Máximo a Siricio se puede deducir que el
obispo de Roma también era contrario a un juicio civil, en el
cual actuaran obispos como acusadores: Maximus Augustus,
Ep. ad Siricium papam, 3-4, Coll. Auell., 40, CSEL 35, 1, p. 91.
  5. Sulpicius Seuerus, Chron., 2, 51, 8-10, CSEL 1, p. 105.


178       JOSEP VILELLA MASANA

asesinato de Máximo6 y su damnatio, los obispos de Milán
y Roma -quorum ea tempestate summa auctoritas erat
7,
como dice Sulpicio Severo al narrar la ida de Prisciliano y
sus correligionarios a Italia- aprovechen el cambio de
coyuntura para corregir los extremismos y acabar con este
estado de cosas.
  Tal como habían hecho anteriormente otras autoridades
eclesiásticas en conflictos suscitados entre los cristianos,
Ambrosio y Siricio también se esfuerzan -desde el interior
de la Iglesia- por cicatrizar heridas y conseguir la
reconciliación mediante una política que condena tanto la
actuación de los adversarios de Prisciliano como los
postulados priscilianistas. La expulsión de Itacio Claro del
episcopado
8 y la "espontánea" abdicación de Hidacio9 sin
duda se insertan en esta política. Cartas enviadas por
Ambrosio y Siricio a los obispos galos instándolos a
comulgar con Roma y Milán y a separarse de la comunión
del obispo de Tréveris Félix -entre cuyos ordenantes había
Itacio y probablemente también el emeritense Hidacio
10-
son mencionadas en las actas del concilio de Turín, sínodo
que ratifica lo establecido anteriormente por Ambrosio y
Siricio en relación a Félix
11.
  Paralelamente a su actuación en contra del sector
itaciano, las dos grandes sedes italianas debían actuar
también -para conseguir la deseada reconciliación- en el
otro frente del conflicto, esto es, entre los priscilianistas.
En el resumen que, en la conclusión de su Chronicon -
obra escrita entre el 400 y el 404
12-, Sulpicio Severo
realiza del movimiento priscilianista posterior a la
ejecución de Prisciliano, dice que, a partir del proceso de
Tréveris, la herejía adquirió mayor ímpetu y amplitud y
que los cuerpos de los ejecutados fueron llevados a
Hispania, considerándose a Prisciliano un mártir
13. Como
indica Idacio
14, era en la Gallaecia -así lo ponen de
manifiesto las partes conservadas del concilio del 400-
donde más cuajaron las doctrinas priscilianistas, lo cual
provocaba enfrentamientos entre el episcopado ibérico.
  Ambrosio escribe a los obispos hispanos diciéndoles que
los priscilianistas debían arrepentirse y cumplir ciertas


  6. Ocurre el 28 de agosto del 388, cf. PLRE, I, p. 588,
Magnus Maximus 39. En relación a la recriminación que, ante
Teodosio, se hace a Máximo por las ejecuciones de Tréveris, cf.
Pacatus, Paneg., 29, Galletier, p. 96.
  
7. Sulpicius Seuerus, Chron., 2, 48, 5, CSEL 1, p. 101, l. 24.
  8. Id., Chron., 2, 51, 5, ibid., p. 104.
Cf. también: Prosper, Epit.
Chron.
, a. 389, MGH aa IX, Chronica minora I, p. 462;
Isidorus, De uir. ill., 2, Codoñer, p. 135. H. Chadwick,
Priscillian of Avila, Oxford, 1976, p. 148, sugiere que el
concilio en que se depone a Itacio pudo celebrarse en Milán.
  9. Sulpicius Seuerus, Chron., 2, 51, 6, CSEL 1, p. 104. Cf.
también: Prosper, Epit. Chron., a. 389, MGH aa IX, Chronica
minora
I, p. 462; Isidorus, De uir. ill., 2, Codoñer, p. 135.
  
10. Sulpicius Seuerus, Dial., 3, 13, 2-3, CSEL 1, p. 211.
  11. Conc. Taurin. (398), can. 6, CC 148, p. 57-58.
En relación a
este conflicto del episcopado galo, cf. Ambrosius, De obitu
Valent.
, 25, CSEL 73, p. 342; Conc.
Nemaus. (394/396), CC
148, p. 50, l. 3-6.
  12. Cf. J. Fontaine, Sulpice Sévère. Vie de Saint Martin. I (SC
133), Paris, 1967, p. 48-49.
  13. Sulpicius Seuerus, Chron., 2, 51, 7-8, CSEL 1, p. 104-105.
  14. Ydatius, Cont.
Chron. Hieron., a. 387, 16, Burgess, p. 76.

condiciones que se estipulaban en su carta -no conservada-
para conseguir así la paz
15. Siricio también se dirige, en
términos semejantes, al episcopado hispano
16. El obispo
Simposio de Astorga -al parecer queriendo evitar el
aislamiento eclesiástico de su región provocado por el en-
raizamiento del priscilianismo- debió considerar adecuada
la solución propuesta por los italianos y, antes del 397
17,
realiza un viaje a Milán
18. Simposio era un hombre
ecuánime y prestigioso
19 que había mantenido una actitud
moderada en el conflicto priscilianista; se había alejado de
las posiciones de Hidacio e Itacio y tampoco había asumido
-como al parecer hizo el obispo de Córdoba Higino- los
postulados de Prisciliano. Conocía a Dámaso
20 y, probable-
mente, teniendo presente la carta del obispo romano
21,
rehúsa condenar a los priscilianistas en el concilio I de
Zaragoza
22 y -según indica el mismo Liber ad Damasum-, al
recibir cartas de los priscilianistas -hecho que indica su
neutralidad, más que su simpatía hacia Prisciliano-
informándole de las acusaciones de que era objeto Hidacio
en Mérida, no toma ningún partido y sólo aconseja obtener
de los laicos emeritenses una profesión de fe y celebrar un
concilio para restablecer la paz
23. Estas son las únicas
actuaciones conocidas de Simposio en el decurso de los en-
frentamientos priscilianistas, siendo significativo el silencio
existente acerca de Simposio con posterioridad a los hechos
que acontecen en Mérida.
  En Milán, Simposio, para alcanzar la conciliación, se
compromete
24 ante Ambrosio a, por lo menos, dejar de
incluir en la liturgia los nombres de todos aquellos que
eran considerados mártires por los priscilianistas y a no
ordenar, en bien de la paz, obispo a su hijo Dictinio
25. Sin
embargo, Simposio no consigue cumplir en la Gallaecia
lo establecido por Ambrosio
26, lo cual pone, una vez más,
de manifiesto la vitalidad que allí tenía el priscilianismo. A
causa de este incumplimiento, Simposio y otros galaicos


  15. Exemp. profes., Chadwick, p. 236-237, l. 74-77. Respecto a
la cronología de esta intervención de Ambrosio en Hispania,
sólo se dice que tiene lugar después del concilio de Zaragoza.
Lógicamente, Ambrosio escribiría a los obispos hispanos
después de la caída de Máximo.
  16. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 77-78.
  17. Ambrosio fallece el 4 de abril del 397.
En relación a la muerte
de Ambrosio, cf. J.-R. Palanque, Saint Ambroise et l'Empire
Romain
, Paris, 1933, p. 556.
  18. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 80-82.
  19. Respecto a las descripciones de Simposio, cf. Priscillianus,
Tract., 2, CSEL 18, p. 40, l. 9-10; Exemp. profes., Chadwick,
p. 238, l. 137; p. 235, l. 39-40; p. 236, l. 49-50.
  
20. Priscillianus, Tract., 2, CSEL 18, p. 40, l. 1-2. También era
conocido de Dámaso el obispo Higino de Córdoba.
  
21. Priscillianus, Tract., 2, CSEL 18, p. 35.
  22. Exemp. profes., Chadwick, p. 236, l. 70-73.
  23. Priscillianus, Tract., 2, CSEL 18, p. 39-40.
  24. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 80-82.
  25. Exemp. profes., ibid., p. 237, l. 82-83; l. 91-93.
Entre estas
condiciones también parece estar no usar libros apócrifos y,
evidentemente, no involucrarse en las doctrinas priscilianistas -
cf. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 84-86; p. 239, l. 149-,
además de no ordenar obispos a priscilianistas o a simpa-
tizantes de esta doctrina -cf. ibid., p. 237, l. 93-102-.
  26. Exemp. profes., ibid., p. 237, l. 79-82.


PRISCILIANISMO GALAICO Y POLÍTICA ANTIPRISCILIANISTA DURANTE EL SIGLO V      179

son convocados, en una fecha que no es posible precisar,
por los obispos de las otras provincias hispanas a un
concilio en Toledo, concilio al que los primeros rehúsan
presentarse alegando que habían dejado de nombrar a los
mártires priscilianistas
27. Era evidente, pues, que la mayoría
del episcopado galaico era, en mayor o menor grado,
priscilianista y se oponía a las condiciones requeridas para
la reconciliación. Después de esta negativa, el Exemplar
professionum
28 indica que Simposio fue "engañado" por
muchos y que, a causa de ello, realizó prácticas -no
especificadas- que eran contrarias a la ortodoxia aunque,
eso sí, sin involucrarse en el uso de libros apócrifos o en las
doctrinas priscilianistas
29. Dice también que, además de
otras ordenaciones
30, Simposio confiere el rango episcopal
a su hijo Dictinio -sin que pueda precisarse su sede
31- a
causa de la presión popular
32.
  Sin embargo, finalmente los galaicos acceden a acudir
a un concilio. El sínodo de Toledo vuelve a ser convocado
para conseguir, según lo establecido por Ambrosio y
Siricio, la conciliación
33. Este sínodo es presidido por el
obispo de Mérida Patruino
34 y se celebra del 1 al 7 de
septiembre del 400
35. Al parecer durante los primeros días
del concilio
36, se aprueba la ordenación de clérigos según
lo estipulado por los cánones de Nicea
37 y, por lo menos,
veinte cánones disciplinarios
38 y, a continuación, tiene
lugar la instrucción de las causas presentadas de los


  27. Exemp. profes., ibid., p. 237, l. 79-82; l. 82-83.
  
28. Mediante la única denominación de Exemplar professionum
citamos los dos extractos de las condenas de Simposio, Dictinio
y Comasio y la sentencia definitiva del concilio I de Toledo.
Estos textos, que no se hallan en la Colección Canónica
Hispana, han sido editados por H. Chadwick a partir de las
transcripciones realizadas por Ambrosio de Morales y J. B.
Pérez.
  
29. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 83-86.
  30. Exemp. profes., ibid., p. 237, l. 93-97; l. 101-102.
  
31. A pesar de ser un lugar común el considerar que Dictinio
ocupaba -coetáneamente con su padre Simposio- la sede
episcopal de Astorga, la sede en la cual Dictinio ejerce su
episcopado no es indicada por las fuentes del siglo V.
Unicamente se menciona que Dictinio fue obispo de Astorga en
la Vita de Santo Toribio, texto hagiográfico tardío y de dudosa
autenticidad, en el cual se dice, además, que Dictinio fue
sucedido en la sede de Astorga por Toribio: Vita s. Turibii, 6,
AASS Apr. II, p. 423 (BHL 8344).
  
32. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 90-93.
  33. Cf. Exemp. profes., ibid., p. 236-237, l. 74-77.
En relación al
concilio I de Toledo, cf. Chadwick, op. cit., p. 170-185;
D. Ramos-Lissón, Los concilios hispánicos antes de la
conversión de Recaredo
, en J. Orlandis y D. Ramos-Lissón,
Historia de los concilios de la España romana y visigoda,
Pamplona, 1986, p. 80-97; J. Vilella, La correspondencia entre
los obispos hispanos y el papado durante el siglo V
, en Studia
Ephemeridis Augustinianum
, 46, 1994, p. 458-462.
  34. Cf. Conc. Tolet. I (400), Rodríguez, p. 327.
  35. Conc. Tolet. I (400), ibid., p. 326, l. 43-44; Exemp. profes.,
Chadwick, p. 234, l. 2; Ydatius, Cont. Chron.
Hieron., a. 400,
25, Burgess, p. 78.
  36. Cf. Exemp. profes., Chadwick, p. 234, l. 3-4. E.-Ch. Babut,
Priscillien et le priscillianisme, Paris, 1909, p. 291-293 y J. A.
De Aldama, El Símbolo Toledano I, Roma, 1934, p. 121,
proponen un orden distinto de la sesiones del concilio.

acusados o sospechosos de priscilianismo39 y su condena
o no por los encausados
40. El 7 de septiembre se
pronuncia, al respecto, la sentencia episcopal
41, la cual
también establece la reposición de Ortigio, cuya sede no
es mencionada
42.
  Comparecen ante este concilio los obispos Simposio,
Dictinio, Paterno, Isonio, Vegetino, Anterio, Herenias,
Donato, Acurio y Emilio -de los cuales únicamente se
menciona la sede de Paterno, Braga-, el presbítero de
Astorga Comasio y otros presbíteros y diáconos
43.
Herenias sigue el parecer de sus clérigos -los cuales
habían proclamado que Prisciliano era católico y un santo
mártir- y dice que Prisciliano había padecido persecución
por parte de los obispos
44, negándose -al igual que Donato,
Emilio y sus clérigos- a rechazar el priscilianismo
45. Los
demás obispos galaicos leen -al parecer durante el mismo
día, el 6 de septiembre
46- el texto de condena47 y firman
una profesión de fe, probablemente este mismo texto
48.
Simposio reitera que refuta, junto con su autor y sus
adeptos, la doctrina que defiende la innascibilidad de
Cristo o la existencia de dos principios
49 y, leyendo el
texto de condena, dice que rechaza todos los libros
heréticos, particularmente la doctrina de Prisciliano
50.
Dictinio se inculpa de haber dicho que es una sola la
naturaleza de Dios y del Hombre e, insistiendo en su
petición de ser enmendado, dice no estar de acuerdo con


  37. Conc. Tolet. I (400), Rodríguez, p. 327-328, l. 54-63.
Cf. Innocentius I, Ep., 3, 1, PL 20, col. 486; 5, col. 489-490; 9,
col. 492.
En relación a las ordenaciones de clérigos -sin duda
de algún obispo-, el obispo Rufino pide perdón, por su
actuación, en el concilio de Toledo: Innocentius I, Ep., 3, 5,
PL 20, col. 489.
  
38. Conc. Tolet. I (400), Rodríguez, p. 328-338.
  39. Exemp. profes., Chadwick, p. 234, l. 4.
  40. Exemp. profes., ibid., p. 235-238; Ydatius, Cont. Chron.
Hieron.
, a. 400, 25, Burgess, p. 78.
  41. Exemp. profes., Chadwick, p. 237-239, l. 108-146.
  42. Exemp. profes., ibid., p. 239, l. 153-154. Cf. Ydatius, Cont.
Chron. Hieron.
, a. 400, 25, Burgess, p. 78.
  43. Exemp. profes., Chadwick, passim.
  44. Exemp. profes., ibid., p. 237-238, l. 108-113.
  45. Exemp. profes., ibid., p. 238, l. 113-116.
  
46. Además de las de Simposio, Dictinio y Comasio, el día 6 de
septiembre tienen lugar otras condenas: Exemp. profes.,
Chadwick, p. 235, l. 7-9.
  47. Respecto al texto de condena que se lee el día 6 de
septiembre, cf. Exemp. profes., Chadwick, p. 235, l. 34-37;
p. 236, l. 50-51. En este texto se alude -ibid., p. 235, l. 35-36;
p. 236, l. 53-55- al pergamino presentado por el presbítero
Donato, quien parece ser su autor, y leído, el día 6 de
septiembre, en el concilio, pergamino en el cual se exponía, sin
duda entre otras cuestiones, que Prisciliano había afirmado que
el Hijo era innascible: Exemp. profes., Chadwick, p. 236, l. 53-
55; p. 235, l. 27-28; l. 36-37.
  48. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 400, 25, Burgess, p. 78.
Cf. Exemp. profes., Chadwick, p. 238, l. 121; l. 126-135.
  49. Exemp. profes., ibid., p. 235, l. 27-33; Innocentius I, Ep., 3,
2-3, PL 20, col. 487-488; Ydatius, Cont.
Chron. Hieron., a. 400,
25, Burgess, p. 78. Cf. Augustinus, C. mend., 6, 11, CSEL 41,
p. 483, l. 6-8.
  
50. Exemp. profes., Chadwick, p. 235, l. 34-37. Cf. ibid., p. 235,
l. 5-8; p. 235-236, l. 38-43; p. 236, l. 49-58.


180       JOSEP VILELLA MASANA

lo que había escrito en los inicios de su vida eclesiástica
según su anterior manera de entender
51. Es relevante esta
abjuración del hijo de Simposio puesto que Dictinio -cuya
ordenación episcopal había sido prohibida por Ambrosio-
era una figura destacada del priscilianismo. Era autor de
escritos -no conservados- de carácter priscilianista
52 entre
los cuales hay cartas
53 y tratados54 y cuyo único título
conocido es su libro Libra
55, denominado así por estar
dividido en doce cuestiones, como si fueran onzas
56 y que,
según Agustín, contiene un capítulo dedicado a enseñar
-aduciendo ejemplos de las Escrituras- que se debe mentir
para ocultar la religión
57.
  Al pronunciarse la sentencia episcopal, Vegetino es el
único obispo, de entre los que refutan el priscilianismo, que
es admitido definitivamente a la comunión
58. Para los
demás, esta admisión debe ser ratificada por el pontífice
-Anastasio I, cuyo nombre no es mencionado- y Simpliciano
-el sucesor de Ambrosio-
59. La decisión conciliar establece
también, durante el ínterin, lo siguiente: Dictinio y Anterio
quedan inhabilitados para realizar nuevas ordenaciones
60;
Simposio debe permanecer en su iglesia y mostrarse
circunspecto con quienes -quizás a modo de inspectores- le
envíen los obispos del concilio
61; Paterno sólo puede
permanecer en comunión con Vegetino
62. Reciben también
la exhortación de mantenerse al margen de los
excomulgados y de vigilar que estos últimos no realicen
reuniones en casas de mujeres y lean los libros apócrifos que
han sido condenados
63, siendo asimismo advertidos de que,
en caso contrario, se establecerán penas más severas
64.


  51. Exemp. profes., ibid., p. 235, l. 10-26; Innocentius I, Ep., 3,
2-3, PL 20, col. 487-488; Augustinus, C. mend., 3, 5, CSEL 41,
p. 476, l. 20-21; Leo I, Ep., 15, 16, 1-3, Vollmann, p. 134,
l. 293-301; Ydatius, Cont.
Chron. Hieron., a. 400, 25, Burgess,
p. 78; Conc. Brac. I (561), Barlow, p. 109. Cf. Augustinus,
C. mend., 6, 11, CSEL 41, p. 483, l. 6-8.
  52. Exemp. profes., Chadwick, p. 235, l. 18-22; Leo I, Ep., 15,
16, 1-2, Vollmann, p. 134, l. 293-299; Conc. Brac. I (561),
Barlow, p. 109. Cf. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 86;
Augustinus,
C. mend., 3, 5, CSEL 41, p. 476-477; Braulio, Ep.,
44, Riesco, p. 170, l. 75-77.
  53. Exemp. profes., Chadwick, p. 237, l. 86.
  54. Leo I, Ep., 15, 16, 1, Vollmann, p. 134, l. 294; Conc. Brac. I
(561), Barlow, p. 109.
  55. Augustinus, C. mend., 3, 5, CSEL 41, p. 477, l. 8-9 y 11; 17,
35, p. 518, l. 16; 21, 41, p. 527, l. 19-20.
  56. Id., C. mend., 3, 5, ibid., p. 477, l. 9-10.
  57. Id., C. mend., 21, 41, ibid., p. 527, l. 20-24; 17, 35, p. 518,
l. 15-17.
  
58. Exemp. profes., Chadwick, p. 238, l. 120-122.
  59. Exemp. profes., ibid., p. 238, l. 125-126; l. 130-132; l. 139-
141; p. 238-239, l. 142-146.
  60. Exemp. profes., ibid., p. 138-139, l. 142-146.
  61. Exemp. profes., ibid., p. 238, l. 137-139.
Tal envío puede
estar también relacionado con la condena del priscilianismo
que se pretende recabar de los obispos galaicos ausentes -si se
lee non uenerunt, cf. Exemp. profes., Chadwick, p. 238, l. 127,
in app. crit.- en el concilio, cf. ibid, p. 238, l. 126-135.
  62. Exemp. profes., ibid., p. 238, l. 136. Se establece así una
diferenciación entre Paterno y los demás obispos que deben
esperar la confirmación de Roma y Milán.
  
63. Exemp. profes., Chadwick, p. 239, l. 147-150. Cf. Conc.
Tolet.
I (400), can. 9, Rodríguez, p. 332.

  Asisten a este concilio de Toledo diecinueve obispos65, de
los cuales las actas existentes únicamente mencionan la sede
-Celenis, Caldas de Reyes, Orense- de Exuperancio
66. Ello
parece indicar que, excepción hecha de Ortigio,
Exuperancio es el único obispo galaico que asiste al concilio
y que, por tanto, en absoluto era sospechoso de priscilianis-
mo, lo cual permite entender mejor la ordenación, en la sede
de Exuperancio, de Ortigio -sin que ello signifique que
Ortigio fuera obispo de Celenis-
67 y su posterior desenlace68.
A través de otras fuentes sabemos las sedes del presidente
del concilio, Patruino de Mérida
69, de Asturio, titular de la
sede anfitriona
70, y de Lampio de Barcelona71. No es posible,
sin embargo, identificar a Olimpio con el obispo hispano
homónimo mencionado por Agustín en el Contra Iulianum
y por Genadio en el De uiris illustribus
72.
  El moderado y reconciliador concilio de Toledo no
logró la unidad episcopal. Una vez finalizado el sínodo, la
división seguía existiendo tanto entre el episcopado
galaico como entre sus colegas de las otras provincias
hispanas. Los de la Baetica y de la Carthaginiensis se
separan de los otros obispos a causa de la admisión y del
mantenimiento en su rango de los galaicos que habían


  64. Exemp. profes., Chadwick, p. 239, l. 150-152.
  
65. Conc. Tolet. I (400), Rodríguez, p. 326-327 y 338-339.
Aunque en las actas del concilio únicamente se mencionan los
nombres de los diecinueve obispos asistentes, Inocencio I
documenta que el obispo Juan, cuya sede no es mencionada,
está representado también en este concilio a través de
delegados suyos: Innocentius I, Ep., 3, 6, PL 20, col. 490. Por
otra parte, además de Donato -ver n. 47-, asisten al concilio
presbíteros y diáconos: Conc.
Tolet. I (400), Rodríguez, p. 327,
l. 53.
  66. Conc. Tolet. I (400), ibid., p. 326-327, l. 49-50.
  67. Ydatius, Cont.
Chron. Hieron., a. 400, 25, Burgess, p. 78.
Cf. A. Tranoy, Hydace. Chronique, I (SC 218) y II (SC 219),
Paris, 1974, II, p. 28 y 30; Id., La Galice Romaine, Paris, 1981,
p. 426-427; Id., Contexto histórico del priscilianismo en
Galicia en los siglos IV y V
, en Prisciliano y el priscilianismo,
Oviedo, 1982, p. 79. Chadwick, op. cit., p. 157, 171 y 185
propone otra interpretación. En relación a las peculiaridades
jerárquicas y organizativas que parece presentar el cristianismo
galaico durante el siglo V, cf. M. C. Díaz y Díaz, Orígenes
cristianos de Lugo
, en Actas del Coloquio Internacional sobre
el Bimilenario de Lugo
, Lugo, 1977, p. 240-250.
  68. Exemp. profes., Chadwick, p. 239, l. 153; Ydatius, Cont.
Chron. Hieron.
, a. 400, 25, Burgess, p. 78.
  69. Innocentius I, Ep., 3, 8, PL 20, col. 491.
  70. Ildefonsus, De uir. ill., 1, Codoñer 1972, p. 116.
  
71. Paulinus Nol., Ep., 3, 4, CSEL 29, p. 17, l. 3 = apud
Augustinus, Ep., 24*, 4, CSEL 34, 1, p. 76, l. 14-15.
  
72. Cf. Chadwick, op. cit., p. 172. El Olimpio calificado por
Agustín como memorable doctor -Augustinus, C. Iul., 3, 32, PL
44, col. 719- e insigne en el estudio de las Escrituras
-Augustinus, C. Iul., 2, 33, PL 44, col. 697- es autor, según
Genadio, de un tratado sobre la Fe, no conservado -Gennadius,
De uir. ill., 23, TU 14, 1a, p. 70- y, según Agustín, de un sermón
-Augustinus, C. Iul., 1, 8, PL 44, col. 645-. Este personaje debe
situarse durante la primera mitad o mediados del siglo IV
puesto que esta cronología resulta del lugar que ocupa Olimpio
en las dos ocasiones que es citado por Agustín en un elenco de
autores que se habían referido, en sus obras, al pecado original,
en estos elencos Olimpio siempre es citado entre Reticio e
Hilario de Poitiers.


PRISCILIANISMO GALAICO Y POLÍTICA ANTIPRISCILIANISTA DURANTE EL SIGLO V      181

condenado el priscilianismo73. Es, sin duda, ya anterior al
400 la existencia de considerables discrepancias entre el
episcopado no galaico en relación a la posición que debía
adoptarse ante sus colegas de la Gallaecia y, realmente,
parece que en Toledo sólo estaba representado el sector
episcopal que propugnaba una rápida reconciliación. A
pesar de desconocerse la mayoría de las sedes de los
asistentes al concilio, puede incluso haber ocurrido que
ningún obispo bético haya participado en el mismo
74 y que
de la Carthaginiensis sólo lo haga el de Toledo. Hacía
tiempo que el conflicto priscilianista había dividido a las
iglesias hispanas y los ánimos seguían encendidos. Los
más rigoristas debían pensar que en Toledo se había
claudicado ante obispos galaicos que defendían la
mentira. Después del concilio la polémica se avivó. Es
significativo que, a través de sus delegados, Juan, cuya
sede se desconoce, dé su asenso, en Toledo, a la
aceptación de los galaicos y que posteriormente cambie de
actitud y se sume a quienes la rechazaban
75.
  Esta desunión explica el retraso de la pars episcopal
hispana reconciliadora en acudir a Italia
76. A través de la
ep. 3 de Inocencio I, dirigida genéricamente a los que se
habían reunido en Toledo
77 -esto es, los obispos que
habían seguido las directrices dadas por Ambrosio y
Siricio-, se documenta el viaje que realiza a Roma Hilario
-uno de los participantes en el sínodo-, acompañado por su
diácono Elpidio
78, al parecer en nombre del grupo
episcopal que había asistido al concilio
79. Inocencio I
escribe esta carta después de que Hilario expusiera, ante el
consejo episcopal romano, la situación en la que se
hallaba la iglesia hispana
80, lo cual permite conocer, por lo
menos en parte, los hechos expuestos por Hilario al
pontífice y a su consejo.


  73. Innocentius I, Ep., 3, 2-4, PL 20, col. 486-489.
  
74. Ninguno de los nombres de los obispos de Hispalis e Iliberris
mencionados por el códice Emilianense -Real Biblioteca del
Monasterio del Escorial, códice Emilianense, fol. 360v.- que
corresponden a la época del concilio I de Toledo aparece en el
elenco de los diecinueve obispos signatarios de este concilio
que proporciona la Colección Canónica Hispana.
  75. Innocentius I, Ep., 3, 6, PL 20, col. 490. Cf. ibid., 1-4,
col. 486-489.
  76. Chadwick, op. cit., p. 185, afirma que los documentos del
concilio I de Toledo llegan a Roma poco después de haberse
celebrado dicho concilio. Consideramos, sin embargo, que está
en lo cierto Pietri cuando se refiere al viaje de Hilario como el
"recurso diferido" de Toledo, cf. Ch. Pietri, Roma Christiana,
II, Roma, 1976, p. 1062. El mismo Exemplar professionum
parece establecer una especie de "período de vigilancia" para
los obispos galaicos que habían condenado el priscilianismo y
el envío a la Gallaecia de representantes de los obispos del
concilio toledano -ver n. 61-, lo cual parece indicar que los
obispos del sínodo toledano quieren estar seguros de la
conducta de los galaicos antes de acudir a Italia. Por otra parte,
Inocencio I dice en su carta dirigida a los obispos del concilio I
de Toledo que, hasta la llegada de Hilario y Elpidio, conocía la
situación existente en Hispania a través de rumores:
Innocentius I, Ep., 3, 1, PL 20, col. 486.
Ver n. 73.
  77. Id., Ep., 3, ibid., direct.
  78. Id., Ep., 3, 1, ibid., col. 486; 5, col. 489.
  
79. Así parece indicarlo la respuesta de Inocencio I, ver n. 59.
Cf. Vilella, op. cit., p. 458-465.
  80. Innocentius I, Ep., 3, 1, PL 20, col. 486.

  Aunque Hilario expone a Inocencio I otras cuestiones, es
el cisma que había provocado la reconciliación de los
galaicos la causa fundamental de su ida a Roma y así se pone
de manifiesto en la carta que, a raíz del recurso de Hilario, el
pontífice escribe al grupo moderado del episcopado
hispano
81. Inocencio I dice estar muy preocupado al respecto
y se muestra taxativo en considerar como totalmente válida
y definitiva la decisión del concilio toledano y en condenar
la intransigencia de los obispos de la Baetica y de la
Carthaginiensis, estipulando también el pontífice una
investigación acerca de todos aquellos -caso de Juan- que
cuestionaban la comunión con los galaicos que habían
condenado el priscilianismo y la excomunión para todos
aquellos que la rechacen
82.
  Esta carta de Inocencio I no tiene fecha, pero en ella se
indica que el concilio de Toledo hacía algún tiempo
(dudum) que se había celebrado
83. También pone de
manifiesto que el conflicto originado entre el episcopado
hispano a causa de la admisión de los galaicos no era
reciente
84. Hilario informa además a Inocencio I de hechos
acaecidos después del 400
85 y en la carta se dice que
Patruino ya había fallecido, siendo Gregorio su sucesor
86.
De todas maneras, como ha dicho Pietri
87, la ep. 3 de
Inocencio I debe ser anterior a los años 408/409, cuando,
después de actuar en Hispania los contingentes de
Constantino III, tiene lugar la entrada en suelo ibérico de
los suevos, vándalos y alanos.
  Los testimonios de Baquiario
88 y Orosio89 evidencian
que la Gallaecia seguía siendo considerada una provincia
priscilianista durante la segunda década del siglo V. No
obstante, ponen también de manifiesto que no todo el
clero galaico era priscilianista. Vemos, pues, que la
situación existente en la Gallaecia cuando tiene lugar el
asentamiento suevo no era muy distinta de la que existía
en
el 400. El dominio suevo y la subsiguiente exclusión de
la Gallaecia del Imperio supuso que el priscilianismo
galaico quedara -a diferencia de lo que sucede en la
Tarraconensis
90- protegido de la férrea condena de que,
durante esta época, es objeto el priscilianismo tanto por


  81. Id., Ep., 3, 1-4, ibid., col. 486-489.
  82. Id., Ep., 3, 1-4, ibid., col. 486-489; 6, col. 490. Desconoce-
mos en qué se basa J. Cabrera, Estudio sobre el priscilianismo
en la Galicia antigua
, Granada, 1983, p. 113, cuando dice que
Juan era obispo de Iliberris y que este obispo era el cabecilla
del sector episcopal hispano contrario a la readmisión de los
galaicos que se había acordado en el concilio I de Toledo.
  
83. Innocentius I, Ep., 3, 5, PL 20, col. 489.
  84. Id., Ep., 3, 1-4, ibid., col. 486-489; 6, col. 490.
  85. Id., Ep., 3, 5-6, ibid., col. 489-490.
  86. Id., Ep., 3, 8, ibid., col. 491.
  87. Cf. Pietri, op. cit., p. 1063.
  88. Gennadius, De uir. ill., 24, TU 14, 1a, p. 71; Baquiarius, De
fide
, 2-3, Madoz, p. 464-466.
  89. Orosius, Common. de errore Prisc. et Orig., 1, CC 49, p. 158,
l. 28-33.
  
90. Consentius, Ep., 11*, CSEL 88, p. 51-70, narra la cruzada
antipriscilianista que, siguiendo sus instrucciones, realiza
Frontón en la Tarraconensis. En este relato -dirigido a
Agustín-, Consencio indica que, en la organización de su
estrategia antipriscilianista, actúa, desde las Baleares, en
estrecha colaboración con el obispo Patroclo de Arlés, un


182       JOSEP VILELLA MASANA

parte de las autoridades eclesiásticas católicas91 como de
la misma legislación imperial
92.
  Sin embargo, no se documentan en la Gallaecia en-
frentamientos entre priscilianistas y antipriscilianistas. A
pesar de haberse utilizado el priscilianismo en la exégesis
de diferentes datos -sobre todo de conflictos- recogidos en
la continuación al Chronicon de Eusebio de Cesarea y de
Jerónimo que escribe Idacio
93, en el relato del cronista
referido al período suevo no hay ninguna evidencia que
apoye tal interpretación, de la misma manera que tampoco
se atestigua la colaboración entre los priscilianistas y el
poder suevo. En efecto, incluso manteniendo la identi-
ficación -defendida hace ya un siglo por Morin y Kat-
tenbusch
94- entre el obispo llamado Pastor que Genadio
incluye en su De uiris illustribus como autor de un pequeño
opúsculo en forma de Símbolo en el que se condena ex-
plícitamente el priscilianismo
95 -sería la Regula fidei
transmitida por la Colección Canónica Hispana dentro de
las actas del concilio I de Toledo
96- y el personaje
homónimo que, según Idacio, es ordenado -al igual que


amigo y familiar del magister utriusque militiae Constancio -
Prosper, Epit. Chron., a. 412, MGH aa IX, Chronica minora I,
p. 466-, cf. E. Griffé, La Gaule Chrétienne à l'époque romaine,
II, Paris, 1966, p. 146-154.
La actividad antiherética de Frontón
tiene lugar cuando la Tarraconensis vuelve a estar bajo la
completa autoridad imperial. Ver n. 92. Es también significativo
que Consencio exponga a Agustín la posibilidad de que
Patroclo pida la intervención del emperador para erradicar el
priscilianismo.
Cf. J. Vilella, Els concilis eclesiàstics de la
Tarraconensis durant el segle V, en Annals de l'Institut
d'Estudis Gironins
, 37, 1996/1997, p. 1044-1050.
  
91. Del amplio conjunto de fuentes adversas al priscilianismo se
colige que el hecho de justificar su carácter herético y su
condena se va radicalizando con el tiempo. Un buen ejemplo de
ello lo proporciona Jerónimo. La actitud de Jerónimo ante el
priscilianismo varía, si se sigue en orden cronológico la serie de
pasajes que le dedica en sus obras. Inicialmente, Jerónimo
mantiene una actitud neutral en su De uiris illustribus,
compuesto -año 392- en un momento próximo a la ejecución de
Prisciliano. En esta obra, Jerónimo dice que Prisciliano es
acusado por algunos (a nonnullis) de un gnosticismo
procedente de Basílides y de Marco pero que es defendido por
otros (defendentibus aliis) de esta acusación: Hieronymus, De
uir. ill.
, 121, TU 14, 1a, p. 53. En la ep. 75 -fechada después del
398-, Jerónimo afirma, sin dudar sobre ella, la vinculación
gnóstica de hispanos -es decir, los priscilianistas- con
Basílides: Hieronymus, Ep., 75, 3, CSEL 55, p. 32. En el
Commentarius in Amos prophetam -fechado en el 406-, sigue
manteniendo la vinculación de la herejía hispana (Iberae
ineptiae
) con Basílides: Hieronymus, Comment. in Amos
prophet.
, 1, 3, CC 76, p. 250. En la ep. 120 -fechada después
del 404-, el Contra Vigilantium -fechado en el 406- y los
Commentarii in Esaiam -fechados entre los años 398 y
410-, Jerónimo introduce un nuevo elemento en la filiación del
priscilianismo -aunque sin nombrarlo, sólo alude a las Hiberae
neniae
; respecto a las Hiberae neniae, cf. Hieronymus, Prol. in
Pent.
, Weber, p. 3, l. 19-20-, al afirmar que procede de Basílides
y del maniqueísmo, haciendo mención explícita en las dos
últimas del Thesaurus maniqueo: Hieronymus, Ep., 120, 10,
CSEL 55, p. 501; Id., C. Vigil., 6, PL 23, col. 360; Id.,
Comment. in Esaiam, 17, 64, 4.5, CC 73, A, p. 735.

Siagrio- obispo en el 433 en el conuentus de Lugo en contra
de la voluntad del obispo de esta ciudad -Agrestio-
97, ello no
indica en absoluto que esta oposición -de la cual Idacio no
facilita el menor indicio- obedezca a causas religiosas. De
ser Agrestio priscilianista
98, difícilmente podría explicarse
su asistencia al concilio de Orange del año 441 -sínodo en


En la ep. 126 -fechada entre los años 410 y 412-, el
maniqueísmo de los priscilianistas -ahora ya con mención
expresa de la secta- es condenado por Jerónimo en unos
términos que están en la órbita de las declaraciones de Agustín
sobre el priscilianismo: Hieronymus, Ep., 126, 1, CSEL 56,
p. 143; cf. Id., Dial. c. Pelag. libri, prol., 1, CC 80, p. 3-4. Por
último, en su ep. 133 -fechada hacia el 415-, Jerónimo
caracteriza al priscilianismo como una parte del maniqueísmo,
añadiendo, no obstante, que también tiene parte de la herejía
gnóstica de Basílides: Hieronymus, Ep., 133, 3, CSEL 56,
p. 243-244. En síntesis, Jerónimo pasa de una acusación inicial
de gnosticismo, que no es unánime, a una condena sumaria del
priscilianismo como secta maniquea, condena muy similar a la
de Agustín, cf. Augustinus, Ad Oros. c. Prisc. et Orig., 1-4,
CC 49, p. 165-168; Id., Ep., 202A, 8, CSEL 57, p. 307; Id., Ep.,
237, ibid., p. 526-532; Id., C. mend., CSEL 41, p. 469-528; Id., De
haeres.
, 70, CC 46, p. 333-334. Por lo demás, las otras
autoridades eclesiásticas de la época, que manifiestan sin
ambages su repulsa del priscilianismo, no exponen su opinión con
el mismo grado de dureza, siendo siempre la condena más dura y
más sumaria a medida que se avanza cronológicamente. Cf. J.
Vilella, Un obispo-pastor de época teodosiana : Prisciliano, en
Studia Ephemeridis Augustinianum, 58, 1997, p.503-530.
  92. Al igual que ocurre con otras herejías, el priscilianismo es
condenado de manera taxativa por la legislación imperial
durante los primeros decenios del siglo V: CTh, 16, 5, 40 (407),
Mommsen-Krueger I, 2, p. 867-868; Const.
Sirmond., 12 (407),
ibid., p. 916; CTh, 16, 5, 43 (408), ibid., p. 869; CTh, 16, 5, 48
(410), ibid., p. 871; CTh, 16, 5, 59 (423), ibid., p. 876; CTh, 16,
5, 65 (428), ibid., p. 878.
  
93. Así lo hace, una y otra vez, Tranoy en los comentarios que
realiza a su edición del texto de Idacio, cf. A. Tranoy, Hydace..., I,
p. 16, 23, 26, 42-45, 48-49 y 52-53 y II, p. 68-69 y 114-115.
  
94. G. Morin, Pastor et Syagrius, deux écrivains perdus du
cinquième siècle
, RBén, 10, 1893, p. 385-394; F. Kattenbusch,
Das apostolische Symbol, I, Leipzig, 1894, p. 158 y 407.
  
95. Gennadius, De uir. ill., 77, TU 14, 1a, p. 87.
  96. Pastor, Libell. in mod. symb., Rodríguez, p. 340-344. Ver
n. 143.
  97. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 433, 93, Burgess, p. 92.
  98. Así lo consideran: K. Schäferdiek, Die Kirche in den Reichen
der Westgoten und Suewen bis zur Errichtung der westgotischen
katholischen Staatskirche
, Berlin, 1967, p. 116; A. Tranoy,
Hydace..., I, p. 44 y II, p. 68-69; Id., Les Chrétiens et le rôle de
l'évêque en Galice au Ve siècle
, en Actas del Coloquio
Internacional sobre el Bimilenario de Lugo
, Lugo, 1977, p. 257;
Id., La Galice..., p. 443-444; Id., Contexto histórico..., p. 80. Más
prudentes se muestran Chadwick, op. cit., p. 221-222 y Cabrera,
op. cit., p. 168. Recientemente, R. W. Mathisen, Agrestius of
Lugo, Eparchius Auitus, and a Curious Fifth-Century Statement
of Faith
, en Journal of Early Christian Studies, 2, 1, 1994,
p. 71-102, ha retomado y analizado la posible identificación
entre Agrestius y el obispo homónimo que es autor de una
profesión de Fe versificada, así como los hechos que pueden
gravitar sobre el poema. Si bien es mérito de Mathisen el haber
intentado dilucidar estos puntos, sigue abierta la cuestión de la
autoría, la motivación y el destinatario de los versos.


PRISCILIANISMO GALAICO Y POLÍTICA ANTIPRISCILIANISTA DURANTE EL SIGLO V      183

el que es mencionado con indicación de sede99- puesto que
el mismo texto de Idacio documenta diferentes contactos
entre el episcopado católico galaico y el galo
100.
  Otro obispo que ha sido considerado priscilianista
101 es
Simposio -personaje que no debe identificarse con el padre
de Dictinio
102- y ello únicamente a causa de ser enviado por
el rey suevo Hermerico como legado suyo a la corte
imperial -a Rávena- en el 433
103. Esta legación de Simposio
tiene lugar después de que Hermerico restaure la paz con los
galaicos. La última ruptura de dicha paz se había producido
en el 431 y, a causa de ello, Idacio realiza su embajada ante
Aecio y regresa a la Gallaecia acompañado por el comes
Censorio. Después del regreso de Censorio tiene lugar una
intervención episcopal -intervención en la que puede haber
participado Simposio- y entonces Hermerico restablece la
paz con los hispanogalaicos
104. Idacio lamenta que, en la
corte imperial, Simposio no consiguiera los objetivos -sin
duda relacionados con el acuerdo conseguido- que habían
motivado su viaje, lo cual indica que el mismo Idacio
aprobaba esta embajada y en absoluto evidencia que
Simposio fuera priscilianista. Sería por lo demás
sorprendente que Hermerico, a quien en este momento
interesaba la paz
105, enviara un priscilianista a la corte
imperial.
  Ningún indicio hay tampoco en relación al priscilianis-
mo que se ha postulado
106 para los personajes -Dictinio,
Espinión y Ascanio
107- que, en el 460, instigan al jefe
suevo Frumario a apresar a Idacio, lo cual realiza
Frumario quien, según el cronista, también a instancias de
Dictinio, Espinión y Ascanio, lleva a cabo seguidamente
el saqueo del conuentus de Aquae Flauiae (Chaves)108.
Este encarcelamiento -de tres meses
109- y saqueo es un
episodio más de los diferentes conflictos que Idacio
documenta entre los suevos y los hispanogalaicos
110, sin
que sea posible deducir que su motivo lo constituyera el
priscilianismo de Dictinio, Espinión y Ascanio -en
absoluto atestiguado- y el antipriscilianismo de Idacio.
  Cuando, antes del 445, Toribio -que se documenta
explícitamente como obispo de Astorga a partir del 445
111-
regresa -después de permanecer varios años fuera de la

  99. Conc. Araus. I (441), CC 148, p. 87, l. 17-18, ex cod. K.
Respecto a la subscripción que realiza Agrestio de las actas del
concilio, cf. R. W. Mathisen, A Reconstruction of the List of
Subscriptions to the Council of Orange (A.D. 441)
, en AHC 19,
1, 1987, p. 1-12.
  100. Cf. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 419, 65, Burgess,
p. 86; a. 449, 137, p. 100.
  101. Cf. Tranoy, Hydace..., I, p. 44 y II, p. 68; Id., La Galice...,
p. 444.
  
102. Cf. Id., Hydace..., I, p. 40 y II, p. 68.
  103. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 433, 92, Burgess, p. 92.
  104. Cf. Id., Cont.
Chron. Hieron., a. 431, 86, ibid., p. 90; a. 432,
88, p. 90; a. 433, 91, p. 92.
  105. En estos momentos Aecio era el hombre fuerte de Occidente.
Es significativo que, en el 431, los visigodos vencidos por Aecio
no consigan un acercamiento con los suevos: Ydatius, Cont.
Chron. Hieron.
, a. 431, 87, Burgess, p. 90.
106. Cf. Tranoy, Hydace..., I, p. 16 y II, p. 115; Id., Les
Chrétiens...,
p. 259-260; Id., La Galice..., p. 442 y 444;
J. Campos, Idacio obispo de Chaves. Su Cronicón, Salamanca,
1984, p. 11.

Gallaecia- a su tierra112, se indigna a causa de la vitalidad
que seguía teniendo el priscilianismo y del desorden que
existía entre el episcopado galaico
113. Decidido a terminar
con esta situación, emprende una investigación minuciosa
de los textos apócrifos utilizados por los priscilianistas y
los rebate. Toribio consigue pruebas de la herejía y, una
vez examinada la documentación obtenida, realiza un
elenco de las transgresiones que ha detectado con la
correspondiente réplica
114, haciendo conocer, por escrito,
los resultados de su indagación a Idacio -el cronista de
Chaves- y a Coeponio -obispo cuya sede se desconoce-
115.
¿Son éstos los únicos obispos galaicos acerca de cuya
ortodoxia no tenía dudas Toribio?
  Antes de referirse a sus averiguaciones y de solicitar la
intervención episcopal contra el priscilianismo
116, Toribio
realiza una breve y precisa descripción de la vida
eclesiástica de su región. Para explicitarla, compara la
situación existente en la Gallaecia con lo que ocurría en las
provincias -no especificadas- que había recorrido
117 y en las
cuales se había formado doctrinalmente. Dice Toribio que,
a diferencia de lo que ocurría en la Gallaecia, en las

  107. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 460, 196, Burgess, p. 112.
Admitimos la lectura de Burgess -...habitantes; que Dictynio,
Spinione et Ascanio delatoribus...
- frente a la de las ediciones
de Mommsen -Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 460?, 201,
MGH aa XI, Chronica minora II, p. 31- y de Tranoy -Ydatius,
Cont. Chron. Hieron., a. 460, 201, SC 218, p. 164-, editores que
dan la lectura ...habitantesque Dictyni Ospinione et Ascanio
delatoribus...
y consideran Dictyni como un topónimo, habida
cuenta de documentarse el antropónimo Dictinius y de no
atestiguarse, en cambio, este término como topónimo. Por otra
parte, si bien son inusitadas, las formas Spina, Spinus, Spinia
y Spinnia -aunque no Spinio- se documentan en la antroponimia
latina, sin que se atestiguen, en cambio, con una o inicial, cf. W.
Schulze, Zur Geschichte lateinischer Eigennamen, Berlin,
1933 (2ª ed.), p. 236 y 426 e I. Kajanto, The Latin Cognomina,
Helsinki, 1965, p. 335 y 337. En relación con las razones de
índole gramatical aducidas por Burgess, cf. p. 131 de su
edición.
  108. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 460, 196, Burgess, p. 112.
  109. Id., Cont. Chron. Hieron., a. 460, 202, ibid., p. 114.
  110. Coincidimos a este respecto con Schäferdiek y Cabrera,
cf. Schäferdiek, op. cit., p. 113 y Cabrera, op. cit., p. 164.
  111. Ver n. 123. En relación a Toribio, cf. Vilella, La correspon-
dencia...
, p. 465-471.
  112. Turibius, Ep. ad Idac. et Cep., 1-2, PL 54, col. 693.
  113. Id., Ep. ad Idac. et Cep., 2, ibid., col. 693.
  
114. Id., Ep. ad Idac. et Cep., 2-7, ibid., col. 693-695.
  115. Id., Ep. ad Idac. et Cep., direct., ibid., col. 693.
  
116. Ver n. 121.
  117. Turibius, Ep. ad Idac. et Cep., 1-2, PL 54, col. 693. Carecen
de fiabilidad los textos hagiográficos -muy tardíos- que se
refieren a la estancia de Toribio en Jerusalén -así, Ist. s.
Thuribii
, 3, De Gaiffier, p. 39- y en los que se basan diferentes
autores, cf. por ejemplo: E. Flórez, España Sagrada, XVI,
Madrid, 1905 (reed. de la publicada en 1762), p. 92-93 y 103-
104; C. Torres, Las peregrinaciones de Galicia a Tierra Santa
en el siglo V
, en Cuadernos de Estudios Gallegos 10, 1955,
p. 332-334. En estos textos se mezcla documentación relativa a
diferentes homónimos y se incluye una gran cantidad de hechos
totalmente ficticios y anacrónicos. Cf., al respecto, V. De Buck,
De tribus Turibiis Hispanis. Asturicensi, Palentino et Libanensi,
en AASS Oct. XIII, 1883, p. 226-230.


184       JOSEP VILELLA MASANA

provincias que tenían unidad de fe, los herejes habían sido
obligados a corregirse o -en caso de perseverar- habían sido
expulsados de la Iglesia. Contrariamente a lo que sucedía en
estas provincias, en la Gallaecia los infortunios de la época
impedían la celebración de concilios y la difusión de los
decretos eclesiásticos
118 lo cual permitía, por ejemplo, que
los herejes enseñaran públicamente el contenido de los
apócrifos
119 y que priscilianistas y católicos se reunieran en
un mismo altar
120. Ello pone de manifiesto, una vez más, la
tolerante convivencia que existía en el seno de la cristiandad galaica.
  Es evidente que Toribio realiza una velada acusación a la
inhibicionista actitud del episcopado e intenta -a pesar de las
circunstancias políticas adversas- que se celebre un concilio
para acabar con la -según él- situación caótica de la vida
eclesiástica galaica. Es la celebración de este concilio lo que,
al final de su carta, Toribio sugiere a Idacio y a Coeponio
121.
Toribio estaba sin duda convencido de que la única solución
que permitiría acabar con el priscilianismo era la realización
de un concilio como el del año 400, en el cual los
priscilianistas abjurasen de esta herejía o, en caso de negarse
a ello, fueran expulsados de la Iglesia.
  Sin embargo, mediante su exposición a Idacio y a
Coeponio, Toribio no parece haber conseguido la moviliza-
ción de una parte del episcopado galaico. Posteriormente,
durante el año 445, Toribio tiene conocimiento de las ins-
trucciones enviadas por León Magno a las provincias para
detectar maniqueos
122 y entonces realiza pesquisas en su
ciudad que conllevan la detención de algunos maniqueos a
quienes interroga conjuntamente con Idacio, enviándose los
resultados de la investigación a Antonino, obispo de
Mérida
123. Las indicaciones recibidas de Roma debieron
animar a Toribio a proseguir su actuación en contra de los
priscilianistas, a los cuales -como habían hecho antes otros
eclesiásticos- Toribio ya había comparado -aunque diferen-
ciándolos- con los maniqueos en su carta a los dos obispos
galaicos
124.
  Toribio dirige entonces una carta -no conservada- a
León cuyo contenido es posible conocer parcialmente a
través de la respuesta -ep. 15- del pontífice
125. Esta carta
era muy parecida a la escrita anteriormente a Idacio y a
Coeponio. Toribio envía también a León unas relaciones


  118. Turibius, Ep. ad Idac. et Cep., 1-2, PL 54, col. 693: per mala
temporis nostri, synodorum conuentibus decretisque
cessantibus
.
  119. Turibius, Ep. ad Idac. et Cep., 4, PL 54, col. 694.
  120. Id., Ep. ad Idac. et Cep., 2, ibid., col. 693.
  121. Id., Ep. ad Idac. et Cep., 7, ibid., col. 695: uestrae autem
existimationis atque censurae merito fuerit uniuersa
perpendere, et ea quae sine ambiguitate ueritati ac fidei
contraria uideritis, cum aliis fratribus uestris, quoscumque
uobis zelus catholicae religionis uel pium studium sociauerit,
illam excusationem spirituali gaudio resecare, et ignita diuini
uerbi uirtute compescere
.
  
122. Cf. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 445, 125, Burgess, p.
96; Nouell. Val., 18 (445), Meyer-Mommsen, p. 104; Prosper,
Epit. Chron., a. 443, MGH aa IX, Chronica minora I, p. 479.
  
123. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 445, 122, Burgess, p. 96.
León Magno indica que Toribio era obispo de Astorga: Leo I,
Ep., 15, direct., Vollmann, p. 122.
  124. Turibius, Ep. ad Idac. et Cep., 5, PL 54, col. 694.

y unos opúsculos126 en los que expone y replica puntos
doctrinales y conductuales priscilianistas
127. Aunque
probablemente modificados y ampliados, estos textos
parecen ser los mismos que menciona Toribio en su
exposición a Idacio y a Coeponio
128.
  Toribio vuelve a exponer a León el apogeo que seguía
teniendo el priscilianismo -entre cuyos adeptos, dice, había
obispos- en su Gallaecia
129, hecho ocasionado -reitera
Toribio-, en gran medida, por la inestable coyuntura
existente, lo cual impedía el apoyo del poder civil a la
ortodoxia eclesiástica y dificultaba los contactos episcopales
y la celebración de concilios
130. De la ep. 15 también se
colige que Toribio informa al pontífice de la gestión que ha
realizado ante los obispos galaicos y que expone a León la
necesidad de realizar un concilio
131.
  León escribe una carta de respuesta a Toribio el 21
de julio del año 447
132, carta enviada a través de Per-
vinco
133 -el diácono de Toribio que ya había llevado a
Roma la carta del obispo de Astorga
134-, a la que el
pontífice adjunta otros textos
135. En su contestación, León
ratifica, describe y justifica las refutaciones priscilianistas
hechas por Toribio
136 y lo felicita por su diligencia137.
León debía sentirse identificado con la acción policíaca
llevada a cabo por Toribio. Era reciente la gran campaña


  125. Leo I, Ep., 15, Vollmann, p. 122-138. Carece de fundamento
el antagonismo que, a propósito de la ep. 15 de León, Mathisen,
Agrestius of Lugo..., p. 92-97, ha postulado entre Toribio y
Agrestio.
  126. Leo I, Ep., 15, praef., 1-2, Vollmann, p. 122-123; 11-12,
p. 124-125; 16, 11, p. 135; Montanus, Ep., 1, Rodríguez,
p. 362, l. 224-225; Ildefonsus, De uir. ill., 2, Codoñer, 1972,
p. 118, l. 11-14.
  127. En relación al contenido de estos textos, cf. Leo I, Ep., 15,
1-16, Vollmann, p. 125-136.
  128. Ver n. 114.
  129. Leo I, Ep., 15, praef., 1-2, Vollmann, p. 122-123; 15, 16, 14,
p. 136, l. 335-338.
  130. Id., Ep., 15, praef., 9-10, ibid., p. 124: ex quo autem multas
prouincias hostilis occupauit inruptio et executionem legum
tempestates interclusere bellorum, ex quo inter sacerdotes dei
difficiles commeatus et rari coeperunt esse conuentus
. Cf. Leo
I, Ep., 15, 16, 4, Vollmann, p. 134, l. 301-303.
  131. Ver n. 139-142.
  132. La fecha se indica, al final de la carta, mediante la mención
del consulado de Calepio y de Ardabur -cf. PLRE, II, p. 250,
Calepius y p. 135-137, Ardabur 1-.
  
133. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 447, 127, Burgess, p. 98.
  134. Leo I, Ep., 15, praef., 1, Vollmann, p. 122, l. 4.
  
135. Se trata de los detalles (gesta) de la indagación, realizada en
Roma, en la que se localiza y se detiene a unos maniqueos y de
las cartas de León dirigidas a los obispos de las provincias
Tarraconensis, Carthaginiensis, Lusitania y Gallaecia. Respecto
a la acción antimaniquea romana: Leo I, Ep., 15, 16, 9, Vollmann,
p. 135, l. 321-322. Cf. Novell. Val., 18 (445), Meyer-Mommsen, p.
104; Prosper, Epit. Chron., a. 443, MGH aa IX, Chronica minora
I, p. 479. Para las cartas a los obispos de las cuatro provincias
hispanas: Leo I, Ep., 15, 17, 11-12, Vollmann, p. 137-138, l.
378-382.
Cf. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 447, 127,
Burgess, p. 98; Conc. Brac. I (561), Barlow, p. 106, l. 14-21.
  136. Leo I, Ep., 15, 1-16, Vollmann, p. 125-136. Cf. Ydatius,
Cont. Chron. Hieron., a. 447, 127, Burgess, p. 98.
  
137. Leo I, Ep., 15, praef., 1, Vollmann, p. 122, l. 2-4.


PRISCILIANISMO GALAICO Y POLÍTICA ANTIPRISCILIANISTA DURANTE EL SIGLO V      185

emprendida por el pontífice en contra de los maniqueos
romanos y así lo explica a Toribio, enviándole -en un texto
adjunto- los detalles de sus pesquisas
138, sin duda como
ejemplo a seguir por Toribio.
  Además, atendiendo la petición de Toribio, León le
encarga la realización -en el lugar de la Gallaecia que se
considere oportuno- de un concilio general (generale
concilium
) al que, según indica León, deben asistir
igualmente los obispos de la provincias vecinas para que,
de este modo, pueda efectuarse una indagación exhaustiva
acerca de si hay o no obispos priscilianistas y, en caso
afirmativo, condenen esta herejía, estipulando asimismo
el pontífice que dichos obispos han de ser separados de la
comunión si se niegan a rechazar el priscilianismo
139. Para
ello, Toribio recibe cartas del pontífice dirigidas a los
obispos de las provincias Tarraconensis, Carthaginiensis,
Lusitania y Gallaecia, cartas que -según le indica León-
debe hacer llegar a estos obispos
140.
  Al igual que Toribio, León era consciente de que el
único modo factible de acabar con el priscilianismo era la
celebración de un gran sínodo hispano -una especie de
repetición del concilio de Toledo-. Sin embargo, a pesar
de ser ésta la mejor solución posible, León sabía también
perfectamente que, a mediados del siglo V, no era fácil
que todos estos obispos hispanos se reunieran en territorio
suevo. En su carta a Toribio, el pontífice, al comparar el
presente con la época de Prisciliano, se había referido a las
nefastas consecuencias que para la ortodoxia había tenido

 

 

 

 


  138. Id., Ep., 15, 15, 1, ibid., p. 133, l. 273-276; 16, 8-9, p. 135,
l. 314-320. Cf. Id., Tract., 42, 5, CC 138, A, p. 247-248;
Novell. Val., 18 (445), Meyer-Mommsen, p. 104; Prosper, Epit.
Chron., a. 443, MGH aa IX, Chronica minora I, p. 479. Ver n.
135.
  
139. Leo I, Ep., 15, 17, 6, Vollmann, p. 136-137; 17, 11-13, ibid.,
p. 137-138.
  140. Id., Ep., 15, 17, 11-12, ibid., p. 137-138, l. 378-382.
El
hecho que León no mencione a los obispos de la Baetica parece
indicar que el episcopado de esta provincia seguía oponiéndose
a la reconciliación con los priscilianistas.

la desprotección de la Iglesia por parte del poder civil que
se había producido en algunas provincias
141. No sorprende
que, en su respuesta a Toribio, el mismo León contemple
explícitamente la imposibilidad de celebrar un sínodo
general y estipule que, en caso de no poderse realizar,
tenga lugar un concilio provincial galaico (prouinciali
conuentu
), concilio, este último, que Toribio debe
convocar junto con Idacio y Coeponio
142.
  No es posible saber con seguridad si se realizaron o no
estos concilios
143. Sea como fuera, el priscilianismo
perduró en la Gallaecia, región en la que, además, se
enraíza el arrianismo a partir de los años sesenta del siglo
V
144. Los testimonios de Montano de Toledo145 y de
Profuturo de Braga
146 -ya del siglo VI- atestiguan esta
perduración. Será en el concilio de Braga del 561 donde
se dará el golpe mortal al priscilianismo galaico.
Celebrado por mandato real
147 después de la firme
conversión al catolicismo de los suevos
148, este sínodo
constituye el paradigma del encantamiento que ahora
existía en la Gallaecia entre la ortodoxia eclesiástica y el
poder civil. Como atestiguan sus actas, la primera
consecuencia de este giro de timón es la represión del
priscilianismo
149. Finalmente, había llegado el momento
de hacer realidad lo que habían perseguido con ahínco
Toribio y León, cuya actuación -más de un siglo anterior-
es recordada en el concilio del 561
150.

Universidad de Barcelona, Dep. Prehistoria, Historia
Antigua y Arqueología


  141. Leo I, Ep., 15, praef., 7-10, Vollmann, p. 123-124.
  142. Id., Ep., 15, 17, 13, ibid., p. 138, l. 384-387.
  
143. A este respecto, cf. Vilella, La correspondencia..., p. 460-
461, n. 11 y 470-471.
  144. Ydatius, Cont. Chron. Hieron., a. 465-466, 228, Burgess,
p. 118; Isidorus, Hist. Sueu., 90, Rodríguez Alonso, p. 318.
  145. Montanus, Ep., 1, Rodríguez, p. 361-362, l. 211-228; Id.,
Ep., 2, ibid., p. 363-364, l. 245-251. Cf. Ildefonsus, De uir. ill.,
2, Codoñer 1972, p. 118, l. 9-14.
  146. Vigilius, Ep., 1, 1, PL 84, col. 829-831.
Cf. Conc. Brac. I
(561), Barlow, p. 113, can. 14.
  147. Conc. Brac. I (561), 1, ibid., p. 105.
  148. Cf. E. A. Thompson, The Conversion of the Spanish Suevi
to Catholicism
, en E. James (ed.), Visigothic Spain, Oxford,
1980, p. 77-92.
  
149. Conc. Brac. I (561), Barlow, passim, especialmente p. 106-
109.
  150. Conc. Brac. I (561), 2, ibid., p. 106, l. 9-14.

 
 
Disseny Web: Pere-Enric Barreda (Filologia Llatina), 1997-2013. Sergi Guillén (GRAT) 2014.