Scripta Nova
REVISTA ELECTRÓNICA DE GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES
Universidad de Barcelona.
ISSN: 1138-9788. Depósito Legal: B. 21.741-98
Vol. IX, núm. 194 (59), 1 de agosto de 2005

 

LAS COMUNIDADES DE LA SOBRIEDAD: LA INSTALACIÓN DE ZONAS SECAS COMO MÉTODO DE CONTROL DEL BEBER INMODERADO EN CHILE, 1910-1930[1]

 

Marcos Fernández Labbé

Doctor © en Historia. Universidad Alberto Hurtado. CONICYT

E-mail: markosfer@hotmail.com

 


Las comunidades de la sobriedad: la instalación de zonas secas como método de control del beber inmoderado en Chile, 1910-1930 (Resumen)

Trata sobre la instalación de Zonas Secas –interdictas del consumo, comercio y producción de bebidas alcohólicas- en distintas regiones de Chile durante las décadas de 1910 a 1930. Como una estrategia de represión del consumo inmoderado de alcoholes, esta política de intervención espacial por parte del Estado enfrentó a éste a distintas presiones, tanto desde la trinchera de los movimientos sociales organizados comprometidos con la lucha contra el alcoholismo, como desde aquella representada por los intereses de las industrias productoras de bebidas alcohólicas.

 

Palabras Claves: Alcoholismo, Historia Social, Planificación Espacial.


The communities of the sobriety: the installation of dry zones as a method of control of inmoderate drinking in Chile, 1910-1930 (Abstract)

Treats about the installation of Dry Zones – interdictate areas of  consumption, commerce and production of spirits- in different regions of Chile during the decades from 1910 from 1930. As a strategy of repression of the inmoderate alcohol consumption, this political of space intervention on the part of the State faced this one to different pressures, as much from the trench of the organized social movements it jeopardize with the fight against the alcoholism, as from that represented by the interests of the producing industries of spirits.

 

Key Words: Alcoholism, Social History, Space Planning.

 


 

 

A partir de la década de 1920, y producto tanto de la presión ejercida por sectores de los grupos dirigentes y de la sociedad civil con respecto a la necesidad de la aplicación de medidas concretas contra el alcoholismo, así como de los cambios políticos que significó primero el gobierno de Arturo Alessandri y después los movimientos militares y la dictadura de Ibáñez, el debate público y las políticas específicas referidas al combate del consumo inmoderado de bebidas alcohólicas experimentó lo que podemos denominar como un aceleramiento brusco y sostenido. En comparación con las cinco décadas anteriores –en donde a pesar de la fecundidad legislativa y la abundancia de publicaciones al respecto, el control de la ebriedad había quedado tan solo bajo responsabilidad policial-, la década de 1920 fue testigo de la implementación efectiva de medidas por largo tiempo solicitadas por los grupos temperantes y las autoridades sanitarias: de las palabras se pasó a la acción, y en este tránsito fueron aplicadas en Chile una serie de medidas de gran actualidad para la época, en términos de estar en coherencia con las estrategias puestas en práctica por países como Francia, Alemania o Estados Unidos. Dentro de este espectro de nuevas medidas, quizás la más ambiciosa y de impacto más evidente fue la instalación, por parte de empresas mineras norteamericanas y autoridades chilenas, de zonas secas y zonas de temperancia limitada, es decir, sectores del país en donde estaba prohibida la ingesta de bebidas alcohólicas, ya sea cualquiera de ellas, o solo los destilados de mayor potencia embriagante.

 

Con el acuerdo de empresarios, médicos, temperantes y muchas veces de los trabajadores organizados, la restricción radical a la producción, comercio y consumo de productos alcohólicos fue vista por muchos como la única y realmente efectiva medida que debía tomarse con relación al alcoholismo, la única arma que, de acuerdo con el modelo de los Estados Unidos, verdaderamente pondría atajo a la degeneración de la raza y la multitud de problemas que el alcoholismo crónico de las clases trabajadoras le reportaba al país. Por ello la reivindicación en torno a la instalación de zonas secas fue una consigna común de las organizaciones temperantes y del movimiento obrero organizado, que el Gobierno debió de considerar al calor de la elección reformista de Alessandri.

 

De esa forma, el discurso de la lucha anti-alcohólica se tornó maximalista una vez iniciada la década de 1920, tanto por la evaluación crítica que se hacía de las medidas legislativas y policiales hasta ese momento aplicadas –restricciones a los lugares de consumo y represión de la ebriedad pública-, como por la conciencia tomada por parte de los grupos temperantes organizados del poder de la industria vitivinícola chilena. Arranque de viñas, transformación de la industria, limitación forzada de la producción, instalación de zonas secas: medidas radicales todas, que apuntaban ya no a la sanción del consumidor inmoderado, sino a la desaparición de la oferta de bebidas alcohólicas, a la imposibilidad del consumo, exagerado o no. Como siempre, hubo matices, negociaciones, aplicaciones laxas, contrabando, críticas, reclamos. Pero, durante la década comprendida entre 1920 y 1930, las zonas secas y las de temperancia limitada existieron y representaron el nivel más alto de política contraria al consumo de alcohol.

 

La primera experiencia asimilable a la implementación de una zona de restricción de la venta y consumo de alcoholes la hemos encontrado en una ordenanza sobre el particular emitida por la Junta de Gobierno antibalmacedista en agosto de 1891, en localidades como Pisagua, Arica, Tacna, Iquique, Antofagasta, Iquique, Copiapó y Chañaral, en términos de regular estrictamente la venta de vinos, licores y cervezas en estos territorios, por medio del remate de patentes especiales, limitadas y disponibles tan solo para aquellos comerciantes que no hubiesen violado las normas de higiene vigentes.[2] Es decir, y si bien no se prohibieron terminantemente la producción y el comercio de embriagantes, lo que se buscaba con esta normativa era restringir de forma efectiva el mercado de los licores y vinos, con el fin de, en momentos de inestabilidad política y social, asegurar el rendimiento económico de la industria salitrera. Algunos años más tarde, se confirmaba a la zona norte del país como el foco de las pretensiones de reglamentación prohibicionista, en tanto una publicación temperante, luego de un reportaje sobre la situación de las organizaciones de abstinentes en la región, mencionaba los deseos de un administrador de pulpería de implantar la prohibición de introducción de licores en las faenas mineras de la zona.[3]

 

Sin embargo, el primer lugar donde se aplicó efectivamente una medida de esta naturaleza fue muy lejos de la pampa salitrera, en medio de la Cordillera de los Andes, en el mineral de El Teniente. En ese lugar, la empresa cuprífera estadounidense Braden Copper Company estableció, a partir de 1911 y mediante una reglamentación interna, la prohibición para sus empleados y obreros de internar y consumir bebidas embriagantes en sus instalaciones.[4] Desde ese momento, el ejemplo de la empresa norteamericana sería una referencia constante para el movimiento de los temperantes y las autoridades interesadas en aplicar medidas similares en otras zonas del país, tomándose a los trabajadores de El Teniente como ilustración de las ventajas productivas y morales que un régimen de esta naturaleza representaba. Como su mismo administrador general expresaba en carta a un parlamentario chileno en 1921, “…bajo el régimen de la ley seca el obrero vive mejor, su familia se encuentra bien constituida, gana mejor salario, es más educado y culto. Él y su familia tienen mejor salud, comprende mejor y desarrolla el espíritu de ahorro y es mejor ciudadano.”[5]

 

Esta vez de parte del Estado, la segunda aplicación concreta de la restricción de oferta de bebidas alcohólicas fue establecida por medio del Decreto n° 896 del 26 de abril de 1919, de acuerdo con el cual se prohibía la venta de embriagantes en la Zona Salitrera. El decreto en cuestión indicaba la prohibición absoluta de introducción y comercio de toda clase de bebidas alcohólicas “…en los establecimientos y negocios instalados en los terrenos fiscales concedidos o que se concedan en uso, arrendamiento o cualquier otro título en la Zona Salitrera y dentro del radio de cinco mil metros de toda faena minera existente o que se establezca en el territorio de la República.” Cualquier infracción a esta medida implicaría la caducidad de la concesión respectiva. Del mismo modo, se encargaba a la Delegación Fiscal de Salitreras la gestión de acuerdos con las administraciones de las distintas Oficinas Salitreras de un convenio general tendiente a eliminar las bebidas alcohólicas como artículos de venta de las pulperías y establecer la prohibición de introducción y venta de dichos productos en las instalaciones bajo su jurisdicción.[6] 

 

Una vez puestas en práctica este tipo de medidas, los principales afectados –la industria vitivinícola- manifestaron su descontento, y prontamente iniciaron negociaciones dirigidas a exceptuar al vino de la prohibición que regía en las zonas decretadas como libres de bebidas alcohólicas. En el mismo año de 1919 sabemos del intercambio de telegramas entre el ministro de Hacienda firmante del decreto en cuestión y destacado jurista Luis Claro Solar, y los representantes de la industria vitivinícola, en donde estos últimos consideraban la medida como un boicot a la actividad productora, un golpe de gracia para el comercio del vino y motivo de alarma entre los agricultores, quienes solicitaban que la medida se postergara hasta que el Congreso –donde los viñateros tenían defensores muy eficientes- lo tomara en consideración. Al poco tiempo de vigente la normativa, los embarques de vinos disminuían a menos de la mitad en toda la zona, que era en esa época el mayor mercado para la producción vitivinícola chilena, y como reacción, los productores organizados fundaban, en julio de 1919, la Liga de Defensa Vitícola, órgano de presión que, poco después, consiguió que el mismo Claro Solar “aclarase” los alcances del decreto que llevaba su firma: la medida comprendía solo a las bebidas destiladas, no a las fermentadas, quedando por ello nuevamente abierto el mercado del norte a la producción de vinos nacionales.[7]

 

Respecto a lo mismo, las críticas también emanaron desde las empresas mineras: en el caso de Chuquicamata, su gerente general H. Belinger se quejaba en septiembre de 1919 ante el Intendente de Antofagasta de que lo único que se había logrado con la instalación de la prohibición en las faenas mineras era aumentar el desarrollo de los “puebluchos” como Punta de Rieles, Boquete, Yungay, Baquedano y Unión, plagados de cantinas en donde se vendían –con autorización pues no correspondían a concesiones mineras- los más tóxicos alcoholes destilados, provocándose que “….los envenenadores del pueblo ganen hoy en sus cantinas más de lo que obtenían antes.” Por ello solicitaba que se le autorizase a la Compañía a vender vinos y cervezas, de forma moderada en sus propias instalaciones.[8]     

 

A pesar de este retroceso en la aplicación de las zonas secas, la atracción del modelo representado por El Teniente no dejó de crecer. El mismo Alessandri, una vez electo presidente de la República, no dudó en alabar la iniciativa norteamericana, y con ello, de augurar su pronta y efectiva instalación en el país que se aprestaba a gobernar:

 

“De mi visita al El Teniente, que es, como vosotros sabéis, un gran establecimiento minero, alrededor del cual viven catorce mil personas, os debo decir que no me maravilló tanto la parte material, sus colosales i magníficas instalaciones, como me impresionó el espectáculo de la cultura moral que allí es dado contemplar. El alcohol está proscrito en absoluto, i no existen allí, como en los demás centros poblados del país, albergues del vicio. Como lógica consecuencia, los obreros se ven bien vestidos, se advierte en sus semblantes una sana alegría que brota del alma; sus jornales, no solo les permiten atender a sus necesidades, sino además, economizar algo. No se ve allí hombres abatidos, o poseídos de esa excitación morbosa característica de los alcohólicos. Por otra parte, la mortalidad, que según la estadística alcanza a treinta i seis por mil en el resto del país, en aquel centro de trabajo llega solo a dieciséis por mil; lo que significa que el alcohol i la esclavitud blanca contribuyen por sí solos a doblar la cifra de la mortalidad en nuestras poblaciones.”[9]

 

Similares argumentos –descenso en las tasas de mortalidad, aumento en las de natalidad, impresionantes niveles de ahorro entre los trabajadores- eran mencionados por las organizaciones anti-alcohólicas con el fin de propagar la instalación de las restricciones, por ejemplo, a las zonas carboníferas, tal y como lo planteaba en un proyecto de reforma a la ley de alcoholes de 1916 la Liga de Higiene Social en 1923.[10] Del mismo modo, y de acuerdo a un comentarista de la época, insistentes solicitudes de parte de obreros de los centros mineros y salitreros del país llegaban a manos de las autoridades, en las cuales pedían que las zonas secas se estableciesen en todas las regiones de trabajo. Esta situación se explicaba por el hecho de que “…los obreros conscientes de que ellos están llamados a sufrir con mayor intensidad las consecuencias del mal, ven que mientras ellos mismos no se esfuercen por sacudir su condición, la indiferencia de ciertas clases capitalistas no seguirá siendo sino un modo de explotar su trabajo en beneficio exclusivo de un egoísmo avasallador, que en este caso se ve espléndidamente secundado por el agente poderoso del vicio.”[11] De esa forma, y tal como indicábamos con anterioridad, la conjunción de intereses entre los movimientos temperantes y las organizaciones obreras pareció tener un espacio de simpatía común en la solicitud de aplicación de las zonas secas, situación a la cual los mismos trabajadores se adelantaron negándose a desembarcar bebidas alcohólicas en puntos tan distantes como Antofagasta y Puerto Natales a inicios de la década de 1920. 

 

Con respecto a la instalación de zonas secas en las provincias carboníferas del sur de Chile, sabemos que en febrero de 1921 se inició la aplicación de la zona seca en la Compañía Carbonífera de Máfil, lugar en donde los resultados inmediatos no dejaban de sorprender a sus promotores: la sola asistencia al trabajo de más obreros los días lunes había permitido aumentar el rendimiento diario de explotación de siete mil a diez mil toneladas de carbón diario, en tanto la asistencia había aumentado de menos de 500 trabajadores a más de 620, con el claro perjuicio a los “cantineros y rufianes” de la cercana localidad de Máfil, en donde habitaban solo 12 familias y cerca de ochocientas personas dedicadas en exclusivo a ese tipo de actividades.[12] Con tal ejemplo, la campaña iniciada por las organizaciones de abstinencia comprendió la elaboración de cada vez más detallados proyectos de implementación de zonas secas, como aquel del que nos informaba Vida Nueva a inicios de 1924, que consideraba la aplicación de un impuesto al carbón importado, ingresos con los cuales se pretendía tanto fomentar la producción de carbón nacional, como la indemnización de los intereses vitivinícolas lesionados por la medida. En breve plazo la propuesta fue asumida por el Gobierno, que envió al Congreso un proyecto de ley que establecía la prohibición del “…ingreso, fabricación, venta, cambio, donación, transporte, trasbordo, embarque, recepción o dación de órdenes de compra, almacenamiento y aviso de bebidas alcohólicas que contengan más de ½ por ciento de alcohol.” Del mismo modo, ordenaba la liquidación de los stocks existentes en un plazo no mayor de seis meses y la sanción a los contraventores –comerciantes, no consumidores- con multas de hasta $10.000 y prisión inconmutable en caso de reincidencia.[13]

 

Como forma de reforzar la bondad de este tipo de políticas, el mismo medio de prensa publicó un largo documento, remitido por el administrador del mineral El Teniente al diputado radical por la zona salitrera Carlos Briones Luco, en donde se detallaban las ventajas que para los trabajadores tenía el régimen de la zona seca. En tal comunicación se informaba de la situación del ahorro proletario, objetivo siempre estimulado por los distintos reformadores sociales y que en las cercanías de Rancagua encontraba a sus mejores exponentes: de acuerdo a L. E. Grant, para octubre de 1923 los operarios de Sewell contaban en sus cuentas de ahorro con más de $350.000 y los niños de las escuelas, estimulados a ahorrar por medio de estampillas, recaudaban cerca de $400 por cada establecimiento. Ello permitía que, convocados a colaborar en alguna campaña de carácter nacional o local, los mineros de El Teniente fueran los primeros en aportar, como había sucedido en el caso de las erogaciones hechas en beneficio de los albergues que recibían a trabajadores cesantes de otras latitudes. Del mismo modo, “…la apariencia en el físico y en el vestir de los obreros y sus familias demuestra plenamente las ventajas de la Ley Seca.”

 

En lo referente al orden social, el administrador se congratulaba de la práctica eliminación de la criminalidad, contándose solo dos crímenes en dos años perpetrados al interior de los terrenos de la Compañía. Así mismo, los mismos obreros y sus familias eran “de naturaleza más robusta”, sus costumbres eran más higiénicas, no había brotes ni de viruela ni de tifus exantemático, las dolencias venéreas tendían a disminuir, el matrimonio civil se generalizaba en oposición a la convivencia. La organización sobria de los trabajadores se desarrollaba, contándose trece clubes sociales y filarmónicas, así como diez clubes atléticos y cuatro centros de box. Por ultimo, se anotaba una importante disminución de la mortalidad infantil y de los adultos. En el plano de la educación, el informe comentaba el cumplimiento sin dificultades de la Ley de Educación Primaria Obligatoria, existiendo seis escuelas fiscales con más de 600 niños y niñas asistiendo regularmente, a las que se sumaban cuatro escuelas particulares y una Escuela Vocacional, además de un establecimiento, subvencionado por la Compañía en unión con los mismos obreros, en el que los adultos analfabetos aprendían las primeras letras.

 

Todo lo anterior se traducía, a juicio del funcionario norteamericano, en una mayor eficiencia del personal del mineral, en tanto los trabajadores asistían de forma regular a sus labores, abandonando la costumbre tan común en otros sitios del San Lunes. Con ello, se lograba una jornada promedio de 25 días trabajados al mes, en donde cada operario mantenía “…un rendimiento naturalmente mayor que el del obrero que se debilita embriagándose.” La única sombra que se cernía sobre este manifiesto bienestar general era la existencia de los contrabandistas de licor, los guachucheros, que habían provocado incluso envenenamientos con su torcido negocio y que obligaban a la Compañía a gastar cerca de $25.000 al mes en el pago de una policía particular que debía ponerles freno.[14] Años más tarde, el contrabando no lograba detenerse –lo que indica lo remunerador y sostenido del negocio-, pues como indicaba el diputado conservador Ignacio García Henríquez, en 1928, “…muchos accidentes sufridos por gente que se ha despeñado en las quebradas, corresponden a individuos que tratan de llevar alcohol a las minas pretendiendo burlar la vigilancia de la compañía.”[15]

 

¿Cuánto de verdad había en todas estas afirmaciones? La imagen de que la vida en El Teniente era con mucho superior a la del común de las poblaciones obreras del país en ese momento estaba muy extendida. Sin embargo, y tal como lo refiere Thomas Klubock en su libro antes citado, en las faenas abundaba el descontento, en tanto que las normas de control sobre la vida de los operarios, así como los accidentes, las condiciones de explotación y los beneficios inmediatos del trabajo para la empresa de propiedad estadounidense no eran tan positivos como las autoridades del mineral, los políticos y las asociaciones de temperancia estimaban. Cosa similar sucedía con Chuquicamata, en tanto el régimen de trabajo que imponían las empresas norteamericanas se diferenciaba mucho de los hábitos laborales del trabajador común chileno –y no solo por la abolición del San Lunes y la prohibición de beber-, a lo que se sumaba un a veces no velado racismo de parte de los administradores extranjeros a cargo de las  actividades.[16]

 

Sea como fuese, el paradigma que las zonas secas representaban siguió ejerciendo gran atracción en las organizaciones anti-alcohólicas, en tanto se observaban como el modelo más efectivo, sino de gestión laboral, por lo menos de regulación del comercio y el consumo de licores. Por ello, no fue extraño que Vida Nueva saludara el regreso de Alessandri Palma al Gobierno en 1925, confiando en que ello se traduciría en la expansión de las zonas secas a todas las actividades mineras. Y que, al mismo tiempo, por medio de un comicio popular, las organizaciones de Valparaíso enviasen al Ejecutivo la petición de que la ciudad fuese declarada Puerto Seco. O que los miembros del la Constituyente de Asalariados e Intelectuales aprobasen por aclamación la aprobación inmediata de zonas secas para todas las regiones de trabajo intenso, así como la transformación de la industria productora de bebidas alcohólicas.[17]

 

Del mismo modo, cualquier modificación en las localidades donde la prohibición imperaba era vista como una claudicación y un perjuicio, como cuando el Intendente de Antofagasta, en 1925, consideró a la cerveza como una bebida refrescante y no embriagante, y por ello restituyó su posibilidad de comercio y consumo en la provincia bajo su cargo.[18] De todas formas, por medio de la Ley n° 4117, se estableció que las provincias de Tarapacá y Antofagasta serían Zonas Semi-Secas o de Temperancia Limitada. Esta ley, que reemplazaba al Decreto-Ley n° 550 de septiembre de 1925, de igual finalidad pero de aplicación muy confusa -pues diferenciaba entre localidades y campamentos salitreros, unos con régimen de temperancia limitada y otros con prohibición absoluta de cualquier bebida embriagante-, determinó que en ambas provincias podrían expenderse y consumirse sin mayores regulaciones vinos, chichas y cervezas, junto con fijar el horario de cierre de los establecimientos de venta de las mismas entre las ocho de la mañana del día sábado y el mediodía del lunes. Esta normativa comenzó a regir a partir de febrero de 1927.[19]

 

Esta medida provocó indignación entre los temperantes, quienes veían en la temperancia limitada una farsa, pues se reemplazaba a los alcoholes más poderosos con bebidas que si bien dotadas de menor graduación alcohólica, igualmente embriagaban: se claudicaba por ello ante los intereses de los productores, favoreciendo “…el gran negocio de los vinicultores y cerveceros.”[20] De igual forma, la Convención Nacional de Asalariados de Chile le hizo saber al Gobierno su interés en el establecimiento de zonas secas en las regiones de intenso trabajo, incluida la región ganadera de Magallanes, y no las “parodias de zonas secas existentes en la Región del Norte.[21] A estas críticas, los mismos productores respondieron, considerando que el establecimiento de las zonas secas absolutas solo había logrado hacer caer los precios del vino en el resto del país, por lo que el problema del alcoholismo no detenía su expansión. Por el contrario, la libertad de circulación de los fermentados permitía reducir la ingesta por medio del alza de los precios, que sumando el impuesto al vino en vías de aplicación, lograría inhibir el consumo inmoderado de los trabajadores.[22] Del mismo modo, los productores de vinos asociados en Ñuble solicitaban al Gobierno corregir las medidas de esta naturaleza, que lo único que habían logrado era el “…desplazamiento de los vinos legítimos en perjuicio evidente de los intereses viti-vinícolas del país y lo que es peor la invasión del comercio clandestino de vinos falsificados cuyo poder tóxico nadie niega.”[23] Ya en enero de 1928, los productores reunidos en asamblea, exigían de parte de las autoridades el retorno al sistema de temperancia limitada en las zonas donde prevalecía la prohibición absoluta, así como que recordasen a las municipalidades que no estaban facultadas para imponer ese tipo de medidas en ciudades o pueblos, sino que solo a la determinación de barrios libres de expendio de espirituosos, dentro de los cuales no debía considerarse el vino.[24]

 

A fin de cuentas, la implementación efectiva de las zonas secas estuvo en permanente tensión entre los intereses de las asociaciones temperantes, las reivindicaciones del movimiento obrero organizado, las administraciones empresariales y los productores de vinos chilenos. Dada la magnitud y volumen de negocios que representaban las regiones salitreras y mineras, el impacto que este tipo de políticas tenía sobre la industria vitivinícola eran de consideración, lo cual se tradujo en críticas y presiones de parte de sus representantes. Por otro lado, el contrabando fue una realidad constante, que significaba tanto el comercio clandestino de alcoholes de mala calidad, como el aumento de los costos que la bebida tenía para sus cultores. Por todo ello, la adopción de un modelo de temperancia limitada, que en la práctica protegía a la producción de bebidas fermentadas, fue vista como una solución de compromiso que lograba reconciliar, de algún modo, los intereses contrapuestos. Evidentemente, los sectores más radicales vinculados al debate al respecto no estuvieron nunca de acuerdo con este tipo de transacciones –con la excepción del doctor Carlos Fernández Peña, de la Liga Chilena Contra el Alcoholismo, desde muy temprano defensor del consumo moderado de vinos y cervezas-, que representaban a su juicio una claudicación frente a los poderes económicos de la viticultura nacional.

 

Pero lo que todas estas políticas privadas y públicas de control espacial sobre el consumo de bebidas alcohólicas significaron fue provocar modificaciones de consideración en las prácticas del beber inmoderado en Chile, tanto desde el punto de vista de las sustancias puestas a disposición de los bebedores, como los horarios y espacios en que tal consumo podía verificarse. Sin embargo, y ya al concluir, consideramos que lo que en el fondo se provocó fue que la práctica social del beber inmoderado fuese forzada a modificar sus espacios y tiempos, su publicidad, su legalidad. Se convirtió en una conducta ilegal, prohibida, perseguida. Y por ello se cubrió con el manto de la clandestinidad, el contrabando, el ocultamiento.

 

En este sentido, el establecimiento de espacios físicos –campamentos mineros, faenas de trabajo, zonas portuarias- en los cuales el consumo y comercio de bebidas alcohólicas estaba prohibido, fue una demostración de las facultades que el Estado estaba dispuesto, en tanto enfrentado al entredicho de elaborar políticas públicas destinadas a la represión del alcoholismo, a  asumir. Dado el prestigio internacional de este tipo de medidas, así como la legitimidad con que contaban debido al apoyo de grupos organizados de la sociedad, la aplicación de políticas de corte maximalista pueden ser entendidos como un paso de gran relevancia en la disposición estatal de la intervención sobre los espacios poblados, en términos de decidir qué tipo de sustancias podían y no podían ser consumidas por sus habitantes. Y aún más, demostró a qué clase de obstáculos habría de enfrentarse al momento de ponerlas efectivamente en ejecución: por un lado, los intereses de los productores de bebidas alcohólicas; por otro, las presiones de los grupos organizados inclinados por la prohibición. En medio de ellos, los consumidores habituales, que a la larga modificaron sus estrategias de consumo, pero no se plegaron de forma absoluta a los principios de regulación espacial con los que se buscaba eliminar un espacio de sociabilidad tan poderoso como el beber. 

 



Notas

 

[1] La presente ponencia es parte de la Tesis Doctoral Historia Social del Alcoholismo en Chile, 1870-1930, desarrollada en el marco del Programa de Doctorado en Historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Para su realización se contó con el apoyo de la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología, CONICYT.

 

[2] Citado por Luis Navarrete y Conrado Ríos, El alcohol, el alcoholismo i su represión. Memoria presentada al concurso abierto por el Ministerio de Hacienda por decreto de 14 de abril de 1897 i designada para el primer premio ex –aequo por la comisión informante. Santiago de Chile, Imprenta Nacional, 1899, pp. 225-226. En un contexto marcado igualmente por la inestabilidad política, en el curso de la Revolución Mexicana fue aplicada de forma fugaz la ley seca en  la Ciudad de México en 1915. Carlos Román Celis, Aspectos Históricos, en El Alcoholismo en México, Tomo III. Memorias del Seminario de Análisis. Fundación de Investigaciones Sociales A.C- Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, México, 1983. p. 23.

 

[3] La Temperancia, n° 31, febrero de 1895.

 

[4] Ramón Sánchez del Pozo, El ebrio en la legislación chilena y comentarios al Libro II de la actual Ley de Alcoholes. Represión del alcoholismo. Memoria de prueba para optar al grado de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile. Santiago de Chile, Imprenta de Carabineros de Chile, 1934, p. 13. Sobre la mina de cobre El Teniente y las formas de vida y organización política de sus trabajadores durante la primera mitad del siglo XX, ver de Thomas Miller Klubock, Contested Communities. Class, Gender and Politics in Chile’s El Teniente Copper Mine, 1904-1951. Duke University Press, Durham, North Carolina, 1998.

 

[5] Ramón Sánchez del Pozo, op. cit., p. 13.

 

[6] Citado en Enrique Zañartu Prieto y Armino N. Galanti, En defensa de la raza, de la viticultura y de la solución práctica del problema del alcoholismo. Por el Senador de Concepción Sr. Enrique Zañartu Prieto y por el Sr. Armino N. Galanti, Director de Industrias de la Provincia de Mendoza. Liga Chilena de Higiene Social, Santiago de Chile, 1926, pp. 265-266.

 

[7] Gonzalo Urrejola, Algunos temas de actualidad que penden del Congreso. Artículos publicados en “El Mercurio” por Gonzalo Urrejola. (Noviembre de 1918 a Octubre de 1919) Santiago de Chile, Imprenta, litografía y encuadernación “La Ilustración”, 1919, pp. 47-56.

 

[8] Citado en Enrique Zañartu Prieto y Armino N. Galanti, op. cit., pp. 272-274.

 

[9] El alcoholismo i las enfermedades sociales juzgados por el Presidente de la República, la Iglesia, la Ciencia Médica i el Proletariado Chileno, Santiago de Chile, Imprenta Universitaria, 1921, pp. 6-7.

 

[10] Javier Rodríguez B., “Hacia la despoblación”. En Revista Médica de Chile, tomo LI, año 1923. pp. 788-805.

 

[11] Arsenio Sáez M., El alcoholismo como problema social y el ebrio ante el Derecho. Prevención y represión del alcoholismo en Chile. Memoria de prueba para optar al grado de Licenciado en la Facultad de Leyes y Ciencias Políticas de la Universidad de Chile. Imprenta Juan A. Mackenney, 1924, p. 7.

 

[12] Vida Nueva, n° 3, abril de 1924.

 

[13] Ibidem.

 

[14] Ibidem. Años más tarde, en el Parlamento, el diputado radical Santiago Rubio explicaba los beneficios del sistema de zonas secas, por medio del ejemplo de El Teniente: “En el Mineral de “El Teniente”, de la Braden Copper Co., habitan doce mil almas, desde hace veinte años, más o menos,  que no beben alcohol de ninguna clase, de ninguna especie. Hay ahí orden absoluto; se trabaja en la jornada de ocho horas en forma permanente, se cumplen todas las leyes del país, no hay necesidad de personal de policía o de carabineros. Si se tiene allí a algunos de estos servidores, es solo para que se sepa que hay quienes están encargados de resguardar el orden. No hay borracheras ni farras. Hay un hospital perfectamente bien mantenido, con setenta camas, de las cuales no se ocupan ni siquiera la mitad, y parte de ellas las ocupan individuos accidentados del trabajo. Esto está demostrando de manera palpable que el alcohol, el vino y todos los productos análogos no son necesarios para la alimentación.” Boletín de las Sesiones Ordinarias de la Cámara de Diputados, 1928, tomo II, sesión 46° en 25 de septiembre de 1928, p. 2301.

 

[15] Boletín de las Sesiones Ordinarias de la Cámara de Diputados, 1928, tomo II, sesión 47° en 1° de octubre de 1928, p. 2356.

 

[16] Para los casos tanto de El Teniente como de Chuquicamata, Stefan Rinke, Cultura de masas, reforma y nacionalismo en Chile. 1910-1931. DIBAM-Katolische Universitat Eichstatt-Universidad Católica de Valparaíso-Centro de Investigaciones Diego Barros Arana, Santiago, 2002.

 

[17] Vida Nueva, n° 12, abril de 1925.

 

[18] Vida Nueva, n° 14-15, junio-julio de 1925.

 

[19] Raúl Kinast, Ley n° 4117 sobre Zonas Semi-Secas o de Temperancia Limitada. Su aplicación en las provincias de Tarapacá y Antofagasta. Lo que interesa saber a los comerciantes. Imprenta Slava, Iquique, s/f, pp. 3-4 y 16.

 

[20] Vida Nueva, n° 18-19, octubre-noviembre de 1925.

 

[21] Citado en Proyecto de Reforma de la Ley de Alcoholes. Redactado por el Dr. Carlos Fernández Peña por encargo de las tres instituciones [Asociación de Educación Nacional, Liga Chilena de Higiene Social y Liga Nacional contra el Alcoholismo] y en Defensa de la Raza, de la Viticultura y de la solución práctica del problema del alcoholismo. Patriótica cooperación a la labor de S.E el Presidente de la República Excmo. Sr. Carlos Ibáñez del C. y del Congreso Nacional. Establecimientos gráficos “Balcells & Co.” Santiago, 1928, pp. 3-5. Las cursivas son del original.

 

[22] Carta de Daniel Armanet al doctor Hugo Lea-Plaza, en Hugo Lea-Plaza, El alcoholismo en la región del Salitre. (Discursos- Artículos- Cartas). Empresa Periodística “La Nación”, Santiago, 1925, p. 27.

 

[23] La Viña, n° 5, diciembre de 1927, pp. 10-11.

 

[24] La Viña, n° 6, enero de 1928, pp. 18-19 y Boletín de la Sociedad Nacional de Agricultura, Vol, LX, n° 1, enero de 1928, pp. 3-9.

 

 

Bibliografía

 

El alcoholismo i las enfermedades sociales juzgados por el Presidente de la República, la Iglesia, la Ciencia Médica i el Proletariado Chileno, Santiago de Chile, Imprenta Universitaria, 1921.

 

 

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Ficha bibliográfica:

FERNÁNDEZ, M. Las comunidades de la sobriedad: la instalación de zonas secas como método de control del beber inmoderado en Chile, 1910-1930. Scripta Nova. Revista electrónica de geografía y ciencias sociales. Barcelona: Universidad de Barcelona, 1 de agosto de 2005, vol. IX, núm. 194 (59). <http://www.ub.es/geocrit/sn/sn-194-59.htm> [ISSN: 1138-9788]

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