Plazo de preinscripción: del 1 de junio al 15 de octubre de 2024.
Este trámite se realiza en línea a través de la página web de la Universidad de Barcelona. Se debe entregar la siguiente documentación:
Fotocopias debidamente compulsadas del título universitario y del DNI, dos fotografías, un breve curriculum vitae con los datos personales de contacto (teléfono móvil y fijo, dirección y correo electrónico) y copia del resguardo de pago de la preinscripción.
En caso de titulados por universidades extranjeras se debe presentar documentación adicional debidamente legalizada o apostillada.
Deberá satisfacer el 50% del importe total del curso.
1. Condiciones de acceso al Máster:
Se podrá acceder a un máster si se ha obtenido alguna de las siguientes titulaciones:
- Título universitario oficial español.
- Título expedido por una institución de educación superior del espacio europeo de educación superior (EEES), que permita el acceso a los estudios de máster oficial.
- Título de estudios superiores ajeno al EEES. En este caso no es necesaria la homologación a un título universitario oficial español. Es necesaria la comprobación previa por parte de la Universidad de Barcelona de que estos estudios corresponden a un nivel de formación equivalente a los títulos universitarios oficiales españoles y de que facultan para acceder a estudios de máster.
- Cuando falten menos del 10% del número total de créditos para finalizar una enseñanza universitaria. En este caso, los alumnos deberán aprobar las asignaturas pendientes en el mes de septiembre o en la convocatoria extraordinaria de los meses de enero y febrero.
La aceptación a un máster no implica, en ningún caso, la homologación del título previo, ni su reconocimiento a otros efectos diferentes que los de cursar estudios de máster.
Documentación necesaria para acceder sin la homologación previa:
- Título Universitario.
- Certificación académica de los estudios universitarios realizados con detalle de las calificaciones obtenidas y la carga lectiva de las asignaturas.
- Certificación acreditativa de la nacionalidad del solicitante o pasaporte.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse a los requisitos siguientes:
Los documentos tendrán que ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. Este trámite se efectúa necesariamente en cada uno de los siguientes organismos y en el siguiente orden:
- En el Ministerio del país extranjero del que dependan las autoridades que lo expidieron.
- En el Ministerio de Asuntos Exteriores del país extranjero.
- En la representación diplomática o consular de España en el país de donde procedan los documentos.
- Y, finalmente, en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España
(Legalizaciones. C/ General Pardiñas, 55, 28006 Madrid. Teléfono 913791606).
Para la legalización de los documentos procedentes de los países acogidos al “Convenio de la Haya”, los requisitos mencionados con anterioridad para una legalización vía diplomática, serán sustituidos por la correspondiente “APOSTILLA”, trámite que se efectúa por la autoridad pertinente en el estado de donde procedan los documentos.
Para los países que han suscrito el “Convenio Andrés Bello” (Bolivia, Colombia, Chile, España, Panamá, Perú y Venezuela), la legalización finaliza en la representación diplomática o consular de España en dicho país.
Para los documentos expedidos en los países que son de aplicación las directivas del Consejo de la Unión Europea sobre reconocimiento de títulos (Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Reino Unido, Irlanda, Dinamarca, Grecia, España, Portugal, Austria, Noruega, Suecia, Finlandia, Islandia y Liechtenstein) no será necesaria la legalización.
Los documentos deberán ir acompañados en su caso, de la correspondiente traducción oficial en catalán o castellano, que podrán expedir los siguientes organismos:
- La representación diplomática o consular de España en el extranjero.
- La representación diplomática o consular del país del cual procedan los documentos, en España.
- El traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
2. Condiciones de acceso a los cursos de extensión universitaria:
Se podrá acceder sin previa titulación universitaria.
3. Criterios de admisión:
Dirigido a: Titulados en Psicología, Derecho, Criminología, Detectives e Investigadores Privados, Directores y Jefes de Seguridad, Departamentos de recursos humanos y selección de personal, Oficiales de notarías, Funcionarios de Justicia, Profesionales de los Cuerpos de Seguridad, y aquellos titulados de grado medio o superior y no titulados que estén relacionados con la actividad Pericial Caligráfica, Grafológica o Documental.
La adjudicación de las plazas se realizará en función de criterios específicos de orden de llegada y de valoración de méritos relacionados con la temática docente. Los alumnos que hayan reservado una plaza en la preinscripción tendrán preferencia en el momento de formalización de la matrícula
4. Documentación a entregar:
Documentación a entregar de manera presencial o por correo postal en la Oficina de Másters y Postgrados:
- Currículum Vitae.
- Una fotografía tamaño carné.
- Fotocopia del DNI o pasaporte.
- Fotocopia compulsada del título universitario (en el caso de Másters y Postgrados) o certificado substitutorio del título.
- Certificado académico compulsado, en el que consten todas las notas y asignaturas. (titulados extranjero)