Legislación española

Jaime Miguel Peris Riera [J.M.P.R., "Las repercusiones jurídico-penales de las nuevas tecnologías genéticas. Aproximación general", en Los retos de la genética en el siglo XXI , pp. 133-144] esquematiza de la siguiente manera la legislación española que hace referencia a la manipulación genética:

-En primer lugar se sitúan previsiones constitucionales íntimamente relacionadas con las técnicas de investigación genética en hombres, animales y vegetales.

-Luego, una serie de normas aplicables a esas cuestiones en el área de legislación general. Y cita las más relevantes: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre la protección civil del derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen; Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal; Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del medicamento.

-En el área de legislación específica 3 leyes se ocupan de encauzar los comportamientos posibles, teniendo en cuenta las infracciones que se puedan cometer y las sanciones correspondientes: Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida humana; Ley 42/1988, de 28 de diciembre, de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos; Ley 15/1994, de 3 de junio, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, a fin de prevenir los riesgos para la salud humana y el medio ambiente.

-Título V del Libro II del Código Penal de 1995: "Delitos relativos a la manipulación genética.

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